Boletines/Balcarce

Decreto Nº1745/17

Decreto Nº 1745/17

Balcarce, 26/06/2017

Visto

El Decreto  Municipal  Nº 1463, de fecha 24 de mayo de 2017.  Y,

Considerando

Que a través del mismo, se procedió a designar al agente BATISTONI, Nicolás - Legajo Nº 2256 en la Secretaría de Hacienda y el otorgamiento de una bonificación al mencionado  con fundamento en las tareas  asignadas.

Que dicho provecho consiste en una bonificación por función remunerativa, equivalente  al QUINCE  por ciento (15%) sobre el sueldo  básico.

Que, de acuerdo a la aptitud, capacidad y buena predisposición en la prestación de servicios del Sr. Batistoni, se le han encomendado el desarrollo de tareas de carácter extraordinario que exceden de las proyectadas por el área.

Que en virtud de ello desde la Secretaría de Hacienda, se ha informado la necesidad de incrementar la bonificación otorgada al citado agente, como una forma de reconocer el esfuerzo, dedicación, responsabilidad y predisposición en la ejecución de las tareas.

Que, habiendo modificado los motivos por el cual se le otorgaba la mencionada compensación, justificado  en la inclusión  y encomienda  ele nuevas  tareas al  Sr. Batistoni, es dable indicar que correspondería dejar sin efecto la bonificación otorgada, con el fin de proceder  a otorgar  una nueva, ajustada a la actualidad  laboral.

Que, según reza el artículo 4° del Decreto Nº 1463/2017, la  percepción  de  la bonificación, 'podrá ser dejada sin efecto untes de la fecha señalada ...en caso de desaparecer o considerarse que no existen los motivos o fundamentos que justifican su otorgamiento".

Que asimismo, y conforme lo establece el artículo 6 in fine de la Ley 14.656, el Municipio tiene la facultad de instituir otras bonificaciones que las enunciadas, pudiendo ser las mismas de carácter permanente o transitorio, general o sectorial.

Que atento a lo expuesto, es menester efectuar una adecuación de las remuneraciones y/o bonificaciones de los agentes que se hallan designados a funciones diferentes de las encomendadas originariamente.

Que habiendo tomado conocimiento la Dirección de RRHH., procede a través del presente despacho a efectivizar  el mismo.

EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE BALCARCE; en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades y sus modificatorias.

ARTICULO 1 º: Déjese sin efecto, a partir del día l º de junio de 2017, la bonificación por función, de carácter remunerativo y mensual, transitoria y sectorial, otorgada por el Decreto Municipal Nº 1463/2017, equivalente al QUINCE por ciento (15%) del sueldo básico, al agente BATISTONI, Nicolás - Legajo Nº 2256, conforme el artículo 4º del mencionado Decreto, por haber desaparecido los motivos que justificaron su otorgamiento.

ARTICULO 2º: Otorgase, a partir del día 1 º de junio de 2017 y hasta el día 30 de junio del corriente año en curso inclusive, una bonificación por función, remunerativa y mensual, de carácter transitoria y sectorial, equivalente al VEINTICINCO por ciento (25%) sobre la escala de sueldos básicos de la categoría que corresponda con una carga horaria de TREINTA (30) horas semanales, al agente BATISTONI, Nicolás - Legajo Nº 2256, quien reviste como Personal Temporario Mensualizado, con remuneración equivalente al sueldo básico del cargo de Administrativo Clase III.

ARTICULO 3°: Dejase constancia, que la percepción de la presente bonificación podrá ser dejada sin efecto, en caso de desaparecer o considerarse que no existen los motivos o fundamentos que justifican su otorgamiento, extendiéndose la misma hasta tanto el agente citado en el ARTICULO 2º continúe cumpliendo específicamente con la referida función o ejerzan otras actividades.

ARTICULO 4º: Cúmplase, Comuníquese, Publíquese, Tomen Razón a sus Efectos las Secretarías y Direcciones Municipales, Contaduría, Dirección de RRHH., Interesado/s y Dese al Registro Oficial.