Boletines/Lujan
Decreto Nº 1862
Lujan, 28/12/2020
PROMULGASE LA ORDENANZA 7482
Visto
Que el Honorable Concejo Deliberante, en su Sesión de fecha 9 de diciembre del 2020 ha sancionado la ORDENANZA Nº 7482.
Que el presente se dicta en ejercicio de las facultades que se derivan de los artículos 107°, 108° y concordantes de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.;
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
Artículo 1º.-Promúlgase la ORDENANZA Nº 7482, cuyo texto se transcribe a continuación:
"El Honorable Concejo Deliberante en ejercicio de sus atribuciones sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
Artículo 1º.- Adhiérase por la presente Ordenanza en el Partido de Luján a las disposi- ----------------- ciones y los términos de la Ley Provincial N° 15.173 que declara la Emer-gencia Pública en Materia Social de Violencia Familiar, de Género y Diversidad en la Pro-vincia de Buenos Aires.---------------------------------------------------------------------------------
Artículo 2º.-Declárase la Emergencia Pública en Materia Social de Violencia Familiar, de ----------------- Género y Diversidad en el Partido de Luján por el término de dos (2) años a partir de la sanción de la presente Ordenanza.-----------------------------------------------------
Artículo 3º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a disponer y ----------------- reasignar las partidas presupuestarias con el fin de fortalecer la atención integral a las víctimas de violencia de género en el Partido de Luján.-------------------------- Artículo 4º.-Encomiéndase al Departamento Ejecutivo Municipal incrementar y fortale- ----------------- cer los equipos interdisciplinarios para la atención integral de víctimas de violencia de género en las distintas instituciones del Estado.------------------------------------ Artículo 5º.- Regístrese, comuníquese al D.E., publíquese y archívese.-----------------------
Corresponde Nº 7482.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL H.C.D. A LOS NUEVE DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DE DOS MIL VEINTE. --------------------------------------"
Érica Pereyra Ariel Notta
Secretaria Presidente
H.C.D. de LUJAN H.C.D. de LUJAN
Artículo 2º.- Regístrese, tomen conocimiento quienes corresponda, notifí-------------- quese, publíquese y archívese.-----------------------------
D E C R E T O Nº1862.-