Boletines/General Villegas

Ordenanza Nº6181/20

Ordenanza Nº 6181/20

General Villegas, 26/11/2020

VISTO:

La Ley Nacional N° 25.506 de Firma Digital, y su Decreto Reglamentario N°2628/02; y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 25.506 reconoce el empleo y eficacia jurídica de la Firma Digital y de forma electrónica.

Que la implementación de la Firma Digital representa un avance significativo para la inserción de nuestro país en la Sociedad de la información.

Que la Firma Digital constituye un elemento esencial para otorgar seguridad a las transacciones electrónicas, promoviendo el comercio electrónico seguro a fin de permitir la identificación en forma fehaciente de las personas que realicen transacciones electrónicas.

Que la implementación de la Firma Digital otorga un decisivo impulso para la progresiva despapelización del Estado contribuyendo a mejorar su gestión, facilitar el acceso a la comunidad a la información pública y posibilitar la realización de trámites por internet de forma segura.

Que la Provincia de Buenos Aires adhirió a la mencionada Ley Nacional N° 25.506 mediante Ley Provincial N° 13.666 del año 2007.

Que mediante la Ley N° 14.828 el Senado y la Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires sancionaron el “ Plan Estratégico de Modernización de la Administración Pública de la Provincia de Buenos Aires”.

Que con la implementación de la firma digital se da el primer paso a la vez que se logrará un mejoramiento de los procesos, lo que

permitirá alcanzar un modo eficaz, eficiente, seguro para agilizar trámites y lograr la implementación paulatina de despapelización del Municipio.

Que por la implementación de la Firma Digital se colaboraría con el inicio de un proceso de gestión documental digital.

ORDENANZA

ARTÍCULO 1º: Adhiérase el Municipio de General Villegas a los preceptos

y principios establecidos en la Ley Nacional N° 25.506 de Firma Digital, y a

las Leyes de la Provincia de Buenos Aires N° 13.666 Y 14.828.

ARTÍCULO 2º:  Facúltese al Departamento Ejecutivo a iniciar el proceso de

despapelización paulatina en el Municipio de General Villegas a fin de alcanzar la digitalización de los trámites y procedimientos de la Administración Pública Municipal.

ARTÍCULO 3º: Facúltese al Departamento Ejecutivo a suscribir convenios, acuerdos, actas de intención y/o cualquier otro instrumento o documento que sea necesario para la implementación de la digitalización de trámites y procedimientos necesarios a los fines de la presente.

ARTÍCULO 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial de Ordenanzas,  cúmplase y archívese.