Boletines/General Villegas
Ordenanza Nº 6172/20
General Villegas, 29/10/2020
VISTO:
El Expediente Nº 1992/20, iniciado por los señores Osvaldo y Jorge Beloscar en representación de la firma HORMIGONERA VILLEGAS S.A, solicitando un predio en el Sector Industrial Planificado (Área de Servicios) con el fin de desarrollar una actividad anexa a la actual, la cual consta de la instalación de una bloquera para construir ladrillos premoldeados de hormigón simple, adjunta documentación; y
CONSIDERANDO:
Que por Ordenanza Nº 4878 se ha creado el Área de Servicios y Logística, complementaria del Sector Industrial Planificado, tendiente a fomentar la instalación de servicios adicionales de las industrias, que deseen contar con las condiciones de emplazamiento, infraestructura y prestaciones.
Que a fojas 22, la Secretaría de Promoción y Producción a/c de la Secretaría de Medio Ambiente avala la cesión del predio lindante al ya concedido oportunamente el Sector Industrial Planificado de la Ruta Nacional Nº 33 - Km 440, a fin de realizar una nueva actividad la que consta en la instalación de una bloquera para construir ladrillos premoldeados de hormigón simple.
Que el Departamento Catastro interviene a fojas 24, informando los datos del inmueble individualizando catastralmente como Circunscripción II, Sección A, Fracción I, Chacra 38, Parcela 1, Partida 6171 registrado a nombre de la Municipalidad de General Villegas.
Que a fojas 17 se expide favorablemente la Dirección de Asuntos Jurídicos.
Que este emprendimiento generará nuevas fuentes de trabajo, por lo que con fecha 24 de septiembre del 2020 el Departamento Ejecutivo suscribió con la peticionante un convenio de colaboración por el cual la firma HORMIGONERA VILLEGAS S.A, se compromete a generar dos (2) nuevos puestos de trabajo.
Que corresponde solicitar la intervención del Departamento Deliberativo.
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: Transfiérase a título gratuito a HORMIGONERA VILLEGAS S.A, el inmueble individualizado catastralmente como Circunscripción II, Sección A, Fracción I, Chacra 38, Parcela 1, Partida 6171 ubicado en el Área de Servicios y Logística (Ordenanza Nº 4878), destinado a la instalación de una bloquera dedicada a la construcción de ladrillos premoldeados de hormigón simple, actividad anexa a la que actualmente desarrolla.
ARTÍCULO 2°: Ratificase el convenio suscripto entre el Departamento Ejecutivo y la firma HORMIGONERA VILLEGAS S.A, CUIT Nº 30 – 71410417 - 5, cuyo objetivo es generar nuevos puestos de trabajo.
ARTÍCULO 3°: La cesión queda supeditada al efectivo cumplimiento por parte
del beneficiario de los requisitos establecidos en la Ordenanza Nº 4878, estando facultado el Departamento Ejecutivo a dejar sin efecto la misma en caso de incumplimiento.
ARTÍCULO 4°: Los gastos que se ocasionen como consecuencia de esta cesión, serán por exclusiva cuenta de los beneficiarios.
ARTÍCULO 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial de Ordenanzas, cúmplase y archívese.