Boletines/General Villegas

Ordenanza Nº6170/20

Ordenanza Nº 6170/20

General Villegas, 29/10/2020

VISTO:

La Ley de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental para la Gestión Integral de Residuos Domiciliarios Nº 25.916 y la Ley de Gestión Integral de los Residuos Sólidos Urbanos de la Provincia de Buenos Aires Nº 13.592  y

CONSIDERANDO:

Que, el municipio de General Villegas puso en marcha de una planta de clasificación y recuperación de residuos dotada de equipamiento e infraestructura, incluyendo la etapa de recolección diferenciada, trabajando permanentemente para hacer más eficiente   el sistema.

ORDENANZA

ARTÍCULO 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a disponer la venta de los MATERIALES RECUPERADOS  y/o ACONDICIONADOS en la Planta de clasificación de Residuos Sólidos Urbanos.-

ARTÍCULO 2º: La fracción orgánica previamente composta será utilizada en espacios verdes públicos, cobertura de rellenos sanitarios y proyectos relacionados al compostaje de residuos orgánicos y/o huertas orgánicas desarrolladas por centros educativos y entidades sociales de la localidad.-

ARTÍCULO 3º: La fracción inorgánica que resultare recuperable será seleccionada, acopiada, prensados o acondicionados y comercializados a empresas que demuestren trazabilidad en el destino de los materiales, operatoria y mejor precio o cotización.-

ARTÍCULO 4º: Los recursos generados con las ventas del material reciclable, serán asignados en un 30% a los gastos de la Secretaría de Medio Ambiente y/o la oficina que la reemplace, un 10% para realizar programas de concientización y capacitaciones, y el 60% restante, se distribuirá entre los operarios de la Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos que realicen la clasificación de residuos sólidos urbanos a modo de bonificación.

ARTÍCULO 5º:  Para el llamado a concurso de precios o licitación, que se hará en forma bimestral, se tomará como base los precios establecidos en el mercado de compra-venta para los materiales comercializables.-

ARTÍCULO 6°: Quienes manipulen, clasifiquen u operen en la planta de clasificación de RSU del municipio de General Villegas, serán provistos de los elementos de seguridad y condiciones de higiene correspondientes a cargo del municipio:

  1. Capacitación sanitaria para prevención de siniestros y enfermedades en el desarrollo de su actividad.
  2. Vacunación adecuada a la actividad que desempeña.
  3. Elementos de higiene y seguridad laboral.

ARTÍCULO 7º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial de Ordenanzas,  cúmplase y archívese.