Boletines/General Villegas
Ordenanza Nº 6165/20
General Villegas, 29/10/2020
VISTO:
El Decreto Nº 568/20, correspondiente al contrato de locación suscripto con la señora Victoria Elvira Astigarraga, para el funcionamiento del centro de oftalmología, consultorios de psicología y demás dependencias municipales; y
CONSIDERANDO:
Que corresponde convalidar el contrato de locación antes referenciado atento a que el mismo, afecta fondos de más de un ejercicio, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 107, 109 y 273 de la Ley Orgánica para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires y 126 del Reglamento de Contabilidad.
Que el Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, en su artículo 126 dispone que los egresos de fondos solo podrán ser realizados con orden escrita del Intendente y serán agregados todos los antecedentes respecto a la legitimidad del gasto y el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias vigentes.
Que la Ley Orgánica para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, establece que la administración general corresponde exclusivamente al Departamento Ejecutivo y es el responsable de proyectar la Ordenanza de Cálculo de Recursos y Presupuestos de Gastos, conforme los artículos 107 y 109.
Que estos artículos deben ser analizados en correlación con lo dispuesto por el artículo 273 de la Ley Nº 6769/58 donde expresa que la facultad para autorizar y comprometer fondos pertenecientes a más de un ejercicio ya sean para planes de obras públicas u otras contrataciones, corresponde al Departamento Deliberativo.
Que resulta indispensable proceder a elevar las presentes actuaciones al Departamento Deliberativo
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: Convalídese el contrato de locación suscripto mediante Decreto Nº 568/20, con la señora Victoria Elvira Astigarraga, D.N.I. Nº 13.287.026, CUIT Nº 27-13287026-3, autorizando la afectación de los fondos que egresen durante los ejercicios 2020, 2021, 2022 y 2023.
ARTÍCULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial de Ordenanzas, cúmplase y archívese.