Boletines/General Villegas
Ordenanza Nº 6155/20
General Villegas, 24/09/2020
VISTO:
El Expediente Nº 8601/19, iniciado por el señor José Martín Echave, solicitando un predio en el Sector Industrial Planificado (Área de Servicios) a fin de instalar un taller mecánico de reparación de maquinarias agrícolas, adjunta documentación; y
CONSIDERANDO:
Que por Ordenanza Nº 4878 se ha creado el Área de Servicios y Logística, complementaria del Sector Industrial Planificado, tendiente a fomentar la instalación de servicios adicionales de las industrias, que deseen contar con las condiciones de emplazamiento, infraestructura y prestaciones.
Que a fojas 12, la Secretaría de Promoción y Producción a/c de la Secretaría de Medio Ambiente avala la cesión de un predio en el Sector Industrial Planificado de la Ruta Nacional Nº 33 - Km 440, a fin de la instalación de un taller mecánico para reparaciones de maquinaria agrícola.
Que el Departamento Catastro interviene a fojas 14, informando los datos del inmueble individualizando catastralmente como Circunscripción II, Sección A, Fracción II, Chacra 38, Parcela Provisoria 11, registrado a nombre de la Municipalidad de General Villegas.
Que a fojas 28 se expide favorablemente la Dirección de Asuntos Jurídicos.
Que este emprendimiento generará nuevas fuentes de trabajo, por lo que con fecha 26 de noviembre del 2019 el Departamento Ejecutivo suscribió con el peticionante un convenio de colaboración por el cual se compromete a generar cuatro (4) nuevos puestos de trabajo.
Que corresponde solicitar la intervención del Departamento Deliberativo.
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: Transfiérase a título gratuito al señor JOSÉ MARTÍN ECHAVE D.N.I N° 16.334.864, el inmueble individualizado catastralmente como Circunscripción II, Sección A, Fracción II, Chacra 38, Parcela Provisoria 11, ubicado en el Área de Servicios y Logística (Ordenanza N° 4878) destinado a la instalación de un taller mecánico de reparación de maquinarias agrícolas.
ARTÍCULO 2°: Ratificase el convenio suscripto entre el Departamento Ejecutivo y el señor José Martín Echave, D.N.I Nº 16.334.864, cuyo objetivo es generar nuevos puestos de trabajo.
ARTÍCULO 3°: La cesión queda supeditada al efectivo cumplimiento por parte del beneficiario de los requisitos establecidos en la Ordenanza Nº 4878, estando facultado el Departamento Ejecutivo a dejar sin efecto la misma en caso de incumplimiento.
ARTÍCULO 4º: Los gastos que se ocasionen como consecuencia de esta cesión, serán por exclusiva cuenta de los beneficiarios.
ARTÍCULO 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial de Ordenanzas, cúmplase y archívese.