Boletines/Adolfo Alsina
Ordenanza Nº 4537/20
Adolfo Alsina, 30/11/2020
VISTO: El convenio a celebrarse entre la Municipalidad de Adolfo Alsina y el Ente Nacional de Obras Hídricas de Saneamiento (ENOHSA). Y;
CONSIDERANDO: Que, el incremento de la demanda del servicio de agua potable en la localidad de Carhué, principalmente en temporada de verano, determina problemas de abastecimiento en algunos sectores de la población.
Que, actualmente el Estado Nacional, mediante su Ministerio de Obras Públicas, tiene en vigencia el plan de financiamiento de Proyectos “Argentina Hace” y que la obra descripta encuadra dentro de los programas de financiamiento del Ente Nacional de Obras Hídricas de Saneamiento (ENOHSA).
Que, el monto de la obra asciende a $11.865.820,45(Pesos once millones ochocientos sesenta y cinco mil ochocientos veinte con 45/100) por lo que se solicita la autorización del Honorable Concejo Deliberante, para elevar el Proyecto para la ejecución de la mencionada obra.
Lo dispuesto en el Artículo 41 de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires. Por ello:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE ADOLFO ALSINA, EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES, APRUEBA Y SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
Artículo 1°.- Autorizase al Señor Intendente Municipal, Licenciado Javier Andres, a firmar en representación de la Municipalidad de Adolfo Alsina, un convenio con el Ente Nacional de Obras Hídricas de Saneamiento (ENOHSA).
Artículo 2°.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
DADA Y SELLADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE ADOLFO ALSINA, A LOS DIECIOCHO DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE DOS MIL VEINTE.
Fdo.: “Abel Pablo Sánchez – Secretario Legislativo H.C.D. Adolfo Alsina, Juan Carlos De Ortúzar – Presidente H.C.D. Adolfo Alsina”