Boletines/Adolfo Alsina

Ordenanza Nº4528/20

Ordenanza Nº 4528/20

Adolfo Alsina, 03/11/2020

VISTO: El Expediente Municipal Nº 4001-0769/20 por el que se gestiona el Proyecto de obra "Plan Argentina Hace- Ampliación de Red Cloacal 2020", con costo al frentista. Y;

CONSIDERANDO: Lo dispuesto en el Artículo 59 de la Ley Orgánica Municipal.

Lo establecido en el Artículo 193, inciso 2 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires en materia de aumento y creación de contribución de mejoras. Por ello:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE ADOLFO ALSINA, EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES, APRUEBA Y SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA

Artículo 1º.- Declárese de Utilidad Pública la Obra "Plan Argentina Hace-Ampliación de Red Cloacal 2020", a ejecutarse en las calles de la ciudad de Carhué, que se enumeran a continuación: entre calles Belgrano y Avenida Moreno, mano par; Belgrano entre calles Eugui y Quinquela Martín, mano par; Belgrano, entre calles Eugui y Quinquela Martín, mano impar; Quinquela Martín, entre calles 25 de Mayo y Dorrego, mano par; Quinquela Martín, entre calles 25 de Mayo y Dorrego, mano impar; Aarón Castellanos, entre calles 25 de Mayo y Dorrego, mano impar; Aarón Castellanos, entre calles San Martín y 25 de Mayo, mano impar; General Savio, entre calles Alvear y Urquiza, mano par; General Savio, entre Alvear y Urquiza, mano impar; Avellaneda, entre calles Alvear y Urquiza, mano par; Avellaneda, entre calles Urquiza y Sarmiento, mano par; Mitre, entre calles Centenario y Vucetich, mano par; Mitre, entre calles Vucetich y Ameghino, mano par; Mitre, entre calles Jacinto Robilotte y Boulevard Lavalle, mano par; Mitre, entre calles Jacinto Robilotte y Boulevard Lavalle, mano impar; Mitre, entre calles Jacinto Robilotte y Ameghino, mano par; Mitre, entre calles Jacinto Robilotte y Ameghino, mano impar; Alvear, entre Mitre y Roque Sáenz Peña, mano impar; Alvear, entre calles Mitre y Roque Sáenz Peña, mano impar; Alvear, entre calles Mitre y Roque Sáenz Peña, mano par; Alvear, entre calles Roque Sáenz Peña y Pellegrini mano impar; Roque Sáenz Peña, entre calles Lavalle y Alvear, mano par; Urquiza, entre calles Boulevard Avellaneda y Pringles, mano par; Urquiza, entre calles Boulevard Avellaneda y Pringles mano impar; Sarmiento entre Boulevard Avellaneda y Pringles, mano impar; Rivadavia, entre Eugui y Quinquela Martín, mano par; 25 de Mayo, entre Quinquela Martín y Aarón Castellanos, mano par; 25 de Mayo, entre Quinquela Martín y Aarón Castellanos, mano impar; Dorrego, entre calles Quinquela Martín y Aarón Castellanos, mano par; Dorrego, entre calles Quinquela Martín y Aarón Castellanos, mano impar; Dorrego, entre calles General. Savio y Lonardi, mano par; Dorrego, entre calles General Savio y Lonardi, mano impar.

Artículo 2°.- Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a llevar a cabo la ejecución de la obra "Plan Argentina Hace-Ampliación de Red Cloacal 2.020", a ejecutarse en las calles de la ciudad de Carhué, declarada de Utilidad Pública por la presente, según Proyecto confeccionado por la Secretaría de Obras y Servicios Públicos-Expediente Municipal N° 4001-0769/20, bajo la modalidad y/o forma que opte de acuerdo a las reglamentaciones vigentes, con costo al frentista.

Artículo 3°.- El costo estimado actual por metro lineal de frente a abonar por cada frentista es de $1.800,00 (Pesos un mil ochocientos). El recupero de la obra en su totalidad será destinado al Fondo de Obra Pública, al igual que los intereses que generen esos fondos.

Artículo 4°.- La forma de pago podrá ser al contado, o en hasta sesenta (60) cuotas mensuales, iguales y consecutivas determinadas mediante el Sistema Francés. La tasa de interés será equivalente al 75% de la tasa nominal anual para préstamos hipotecarios, público en general, del Banco de la Provincia de Buenos Aires, calculándose para períodos anuales calendarios, tomando como referencia para las futuras actualizaciones la vigente al 30 de noviembre del año 2.019. La obligatoriedad-exigibilidad del pago quedará establecida a la finalización de la obra.

Artículo 5°.- El recupero de la obra en su totalidad será destinado al Fondo de Obra Pública, al igual que los intereses que generen esos fondos.

Artículo 6°.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.

DADA Y SELLADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE ADOLFO ALSINA, A LOS VEINTIOCHO DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE DOS MIL VEINTE.

Fdo.:“Abel Pablo Sánchez – Secretario Legislativo H.C.D. Adolfo Alsina, Juan Carlos De Ortúzar – Presidente H.C.D. Adolfo Alsina”