Boletines/Adolfo Alsina

Resolución Nº33/20

Resolución Nº 33/20

Adolfo Alsina, 03/11/2020

Visto

El Proyecto de Ley ingresado en la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires, a través del Expediente D 2.874 20/21 mediante el que se propicia la creación del Partido de Darregueira, localidad del vecino Distrito de Puán, que, se toma en el Proyecto como cabecera del nuevo espacio a crear. Y;

Considerando

Que, el citado Proyecto además, de dividir territorialmente el Distrito de Puán, incorpora como parte del futuro Municipio a parte de la zona sur de Adolfo Alsina, afectando en 73.592 hectáreas la actual superficie de nuestro Partido.

Que, Adolfo Alsina ha sostenido por casi un siglo y medio su actual estructura creada mediante la Ley 1.827, del 28 de julio de 1886, que le da una superficie y composición poblacional acorde a la importancia histórica del momento en que dictó la Ley de creación que, consideraba a Carhué y todo su entorno geográfico, epicentro de las denominadas Campañas al Desierto y llave de las operaciones militares de la época, a punto que entre muchos otros aspectos, el primer cable telegráfico y las primeras líneas de ferrocarril en todo el oeste provincial tuvieron como destino Carhué y el entorno distrital, ocupándose personalmente el Presidente de la Nación, Julio Argentino Roca y el Comandante en Jefe de Guerra y Marina, Doctor Adolfo Alsina, en la fundación y definición territorial de nuestra cabecera distrital y la zona sobre la que influiría su gestión.

Que, por décadas y décadas han sido los gobiernos municipales de Adolfo Alsina los que han gestionado y llevado adelante las obras, la infraestructura y la administración de todo el territorio aun de la superficie y comunidades que el citado proyecto pretende cercenar.

Que, una modificación de esa naturaleza disminuye en casi un 15% la superficie territorial de nuestro Partido, con consecuencias también de orden económico importantes para la actual y futura administración.

Que, este Honorable Concejo Deliberante no se opone, ni le corresponde, a los deseos de los vecinos de Darregueira y su región lindante a  obtener la autonomía municipal pero sin que ello afecte las superficies otorgadas por Ley Adolfo Alsina.

Que, en nuestro carácter de representantes de la población del Distrito, de la diversidad de representaciones políticas y herederos de los territorios que históricamente forman parte indisoluble de Adolfo Alsina. Por ello:

 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE ADOLFO ALSINA, EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES, APRUEBA LA SIGUIENTE: RESOLUCIÓN

Artículo 1º.- El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Adolfo Alsina rechaza el cercenamiento territorial del Partido de Adolfo Alsina, como lo propicia el Proyecto de Ley, con estado parlamentario en la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires, Expediente D 2.974 20/21 al proponer la creación de un nuevo Partido con la denominación de Darregueira.

Artículo 2º.- Hacer conocer estos fundamentos y Resolución al Departamento Ejecutivo Municipal, al Departamento Ejecutivo y Honorable Concejo Deliberante de Puán y a la Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires.

DADA Y SELLADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE ADOLFO ALSINA, A LOS VEINTIOCHO DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE DOS MIL VEINTE.

Fdo.: “Abel Pablo Sánchez – Secretario Legislativo H.C.D. Adolfo Alsina, Juan Carlos De Ortúzar – Presidente H.C.D. Adolfo Alsina”