Boletines/Adolfo Alsina
Resolución Nº 30/20
Adolfo Alsina, 03/11/2020
Visto
El Proyecto de Ley Provincial Expediente D-4028/17-18, de creación de Programa Provincial Integral de Prevención, Tratamiento, Control y Asistencia de la Fibromialgia, el Síndrome de la Fatiga Crónica y la Sensibilidad Química Múltiple.
El Proyecto de Ley Nacional Expediente 0878-D-2019, de Declaración de Interés Nacional el control de la Fibromialgia, del Síndrome de la Fatiga Crónica y de la Sensibilidad Química Múltiple.
El Proyecto de Ley Nacional Expediente 1614-D-2019, de Cuidado Integral de la Salud de las Personas con Fibromialgia. Y;
Considerando
Que, el Proyecto de Ley de la Provincia de Buenos Aires, Expediente D-4028/17-18 tiene como objetivo principal “promover, proteger y asegurar el goce pleno y en condiciones de igualdad de todos los derechos humanos y libertades fundamentales para todas las personas con Fibromialgia, SFC (Síndrome de la Fatiga Crónica) y SQM (Sensibilidad Química Múltiple) a fin de mejorar su calidad de vida y la de sus familias”, según su considerando primero.
Que, el Proyecto de Ley Nacional Expediente 0878-D-2019, busca declarar de Interés Nacional el control de la Fibromialgia, del Síndrome de la Fatiga Crónica y de la Sensibilidad Química Múltiple para lograr una investigación más amplia de estas patologías derivando en la resolución de medidas que lleven a su propagación y tendientes a hacerle una vida más llevadera a quienes las sufren como a sus familiares.
Que, el Proyecto de Ley Nacional Expediente 1614-D-2019, promueve el cuidado integral de la salud de quienes padecen estas enfermedades, haciendo efectivo en su totalidad el Proyecto de Ley Expediente 0878-D-2019.
Que, este último Proyecto contempla también, en su Artículo N° 3, la protección laboral, tanto en el ámbito público como en el ámbito privado, para las personas con Fibromialgia, no constituyendo estas enfermedades impedimentos para ingresar en el mundo laboral, resguardándose en la Ley N°23.592 de Ejercicios de Derechos y Garantías Constitucionales-Medidas contra Actos Discriminatorios.
Que, a su vez, suscita, en su Artículo N° 6, un tema de fundamental importancia para el cuidado de la salud de estas personas, cubriendo en un 100% (cien por ciento), los medicamentos de diagnóstico de los pacientes con Fibromialgia y en las cantidades necesarias prescriptas médicamente.
Que, todos los Proyectos arriba mencionados, buscan que se incorporen estas enfermedades al Programa Médico Obligatorio (PMO) para otorgarle mayor protección y cobertura a los pacientes.
Que, particularmente, nuestro Distrito no debe ser ajeno a esta situación y problemática, debido a que tenemos personas que padecen estas patologías. Por ello:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE ADOLFO ALSINA, EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES, APRUEBA LA SIGUIENTE: RESOLUCIÓN
Artículo 1º.- Acompañamos y solicitamos a las Honorables Cámaras de Diputados y de Senadores de la Provincia de Buenos Aires den tratamiento para aprobar el Proyecto de Ley Provincial, Expediente D-4028/17-18, de creación de Programa Provincial Integral de Prevención, Tratamiento, Control y Asistencia de la Fibromialgia, el Síndrome de la Fatiga Crónica y la Sensibilidad Química Múltiple.
Artículo 2º.- Acompañamos y solicitamos a las Honorables Cámaras de Diputados y de Senadores de la Nación Argentina den tratamiento para aprobar el Proyecto de Ley Nacional, Expediente 0878-D-2019, de Declaración de Interés Nacional el control de la Fibromialgia, del Síndrome de la Fatiga Crónica y de la Sensibilidad Química Múltiple.
Artículo 3º.- Acompañamos y solicitamos a las Honorables Cámaras de Diputados y de Senadores de la Nación Argentina den tratamiento para aprobar el Proyecto de Ley Nacional Expediente 1614-D-2019, de Cuidado Integral de la Salud de las Personas con Fibromialgia.
Artículo 4°.- Envíese copia de la presente a las Honorables Cámaras de Diputados y Senadores de la Nación Argentina, a las Honorables Cámaras de Diputados y de Senadores de la Provincia de Buenos Aires y, posteriormente, archívese.
DADA Y SELLADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE ADOLFO ALSINA, A LOS VEINTIOCHO DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE DOS MIL VEINTE.
Fdo.: “Abel Pablo Sánchez – Secretario Legislativo H.C.D. Adolfo Alsina, Juan Carlos De Ortúzar – Presidente H.C.D. Adolfo Alsina”