Boletines/Adolfo Alsina
Decreto Nº 2121/20
Adolfo Alsina, 16/11/2020
Visto
La ordenanza Nª 4124/16
Considerando
La necesidad de reglamentar sobre la venta ambulante de comidas rápidas y/o alimentos.-
Que habiendo surgido desde el impulso de emprendedores privados iniciativas de comercialización y la consecuente instalación de carros o puestos ambulatorios de productos alimenticios, resulta imperioso establecer pautas especficas para su funcionamiento, toda vez que ello implica una intervención en el desarrollo comercial urbano.-
Para ello, el municipio debe fijar los espacios de uso público siempre que no entorpezcan el normal desarrollo de la comunidad aledaña, ni afecte a propietarios de comercios estancos que incursionen en un rubro similar, garantizando reglas claras.-
El Intendente Municipal del partido de Adolfo Alsina en uso de las atribuciones que le son propias, D E C R E T A:
ARTÍCULO Nº 1: Habilitar el sector Costanero, cuyos datos catastrales resultan ser: Circ I, Secc. B, Manzana 128, Parc. 1 Partida 6891 y Circ. I, Secc. B, Manzana 128 Parc. 4, Partida 15958, para la instalación de los carros gastronómicos habilitados.-
ARTÍCULO Nº 2.- Aquel carro gastronómico que requiera de energía eléctrica para su funcionamiento, la misma será por cuenta y orden del interesado, brindando por parte del Municipio por medio de convenio entre partes la autorización para presentar ante el ente correspondiente.-
Los costos que ésto demande, correrán por su cuenta.-
ARTÍCULO Nº 3 Comuníquese con copia y dése al Libro de Decretos.-
Fdo: “Lic. Martín M. Gavio – Secretario de Gobierno Municipalidad de Adolfo Alsina, Lic. Javier Andres – Intendente Municipalidad de Adolfo Alsina”