Boletines/Mar Chiquita

Decreto Nº1699

Decreto Nº 1699

Mar Chiquita, 04/12/2020

Visto

El Legajo Nº 305/83 de la Dirección de Obras Privadas, la Ordenanza Municipal Nº 053/10, el Reglamento de Edificación, y 

 

Considerando

 Que mediante el Legajo Nº 305/83, la Dirección de Obras Privadas aprobó el 08/08/83 un plano para la construcción de una vivienda unifamiliar y cochera en la parcela 12, correspondiente a la manzana 41 de Sección T, Circ. IV. 

            Que el 25/08/10 se sancionó la Ordenanza Municipal Nº 053/10 con motivo del estado de emergencia que presentan ciertos sectores de la zona de la costa Atlántica del Partido de Mar Chiquita debido a la erosión permanente del mar.

            Que en consecuencia, la norma mencionada, dispone la suspensión de toda obra edilicia de nueva construcción o ampliación de obra existente a realizar en determinadas manzanas de la Localidad de Camet Norte, por  representar un grave peligro.

            Que la manzana 41 de la Seccion T, Circ IV se encuentra comprendida dentro del área que veda la Ordenanza mencionada. 

             Que la obra aprobada en la parcela 12 es preexistente al dictado de la norma.  

             Que en el año 2012 se presentó documentación donde se declara una ampliación de obra existente sin permiso en la parcela 11 y 12 de la manzana 41, Seccion T, Circ. IV 

             Que a dicha solicitud no se le dio curso dado la vigencia de la Ordenanza Municipal Nº 053/10.

            Que el articulo 11 del Cap. 6 del Reglamento de Edificación del Partido de Mar Chiquita prevee la demolición de obra en construcción de obras en contravención. 

            Que a fs. 91 obra un informe del 08/03/2019 emitido por el Secretario de Obras Públicas y Planeamiento Urbano, en la que sugiere respecto de la Parcela 11 proceder a la demolición de todo lo construido por cuanto se ha realizado en forma clandestina e infringiendo la normativa vigente (Reglamento General de Construcciones y la Ordenanza Municipal Nº 053/10). 

Que a fs. 94/95 obra un dictamen emanado por la Dirección de Asuntos Legales de fs. 94/95, que es coincidente el informe de la Secretaria de Obras Públicas y Planeamiento Urbano. 

          Que a fs. 100 del Legajo Nº 305/83 obra un informe del 30/10/20 que se expide en el mismo sentido que el informe y el dictamen ya mencionados,   proponiendo la demolición de lo construido en la parcela 11 y adecuando la construcción de la parcela 12 al plano aprobado.

Que 

POR ELLO;

                                                         EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES

                                                                                                          DECRETA

ARTICULO 1º: ORDENESE    la demolición de lo construido en la Parcela 11 correspondiente a la Circ. IV Secc.T  Manz. 41, siendo los gastos que ello demande a cargo  del propietario. 

ARTICULO 2º: OTORGUESE  un plazo  de 10 dias  corridos para dar cumplimiento con lo indicado en el ARTICULO 1°, bajo apercibimiento de realizarlo la Municipalidad debiendo cubrir los gastos que ello demande el propietario.- 

ARTICULO 3º: PROCEDASE a la adecuación de la construcción de la parcela 12 correspondiente a la Circ. IV Secc.T  Manz. 41 conforme el plano aprobado en el Legajo Nº305/83 .

ARTICULO 4º: El presente decreto será refrendado por el Secretario General Arq. Walter Mariano Wischnivetzky.

ARTICULO 5º: Notifíquese al interesado en legal tiempo y forma, comuníquese a quienes  corresponda y dése al registro Oficial.