Boletines/General Pueyrredon
Ordenanza Nº 24974
General Pueyrredon, 06/01/2021
ORDENANZA
Expediente D.E.: 19541-4-1984
Expediente H.C.D.: 1186-D-20
Nº de registro: O-19109
Fecha de sanción: 29/12/2020
Fecha de promulgación: 06/01/2021
Decreto de promulgación: 10-21
ORDENANZA Nº 24974
Artículo 1º.- Autorízase con carácter precario a la firma “Las Cruces de la Avenida S.A.” a ampliar el uso de suelo “SERVICIOS FÚNEBRES - VENTA DE ATAÚDES - SERVICIO DE CAFETERÍA COMPLEMENTARIO”, en concordancia con lo consignado en los croquis de habilitación de fs. 96/97 del Expediente 19541/4/1984 alcance 1 del Departamento Ejecutivo (Exp. 1186-D-2020 H.C.D.), que se desarrolla en el inmueble ubicado en el predio sito en la Avenida Libertad n° 5057, identificado catastralmente como Circunscripción VI, Sección C, Manzana 196 s, Parcela 19 de la ciudad de Mar del Plata.
Artículo 2º.- Lo autorizado en el artículo anterior se condiciona a cumplimentar lo establecido en la Ordenanza n° 7811, que refiere a servicios fúnebres.
Artículo 3º.- El inmueble objeto de la autorización conferida por la presente deberá contar con sus aceras perfectamente transitables, ejecutadas de acuerdo al Reglamento General de Construcciones, revocados y pintados los muros y carpinterías exteriores, incluidos los medianeros propios, visibles desde el exterior. Asimismo deberá darse cumplimiento a lo establecido en la Ordenanza n° 9.784 - Código de Preservación Forestal - en cuanto a forestación y reforestación de veredas, conforme lo normado por la Ordenanza n° 14.576, con carácter previo a la habilitación.
Artículo 4º.- Rigen para la presente autorización los requisitos establecidos en el Anexo I del Decreto n° 818/96, modificado por Decreto n° 2.269/99.
Artículo 5º.- La autorización otorgada se mantendrá vigente siempre que el permisionario dé cumplimiento, en caso de existir, a los convenios de regularización fiscal suscriptos con la Municipalidad, de manera continua e ininterrumpida hasta la total cancelación de la obligación tributaria debida; desde el momento de iniciar el trámite pertinente, y aún durante todo el tiempo que conlleve la prosecución de dicho actuado administrativo.
Artículo 6º.- Comuníquese, etc.-
Poleggio Martínez Bordaisco
González Montenegro