Boletines/General Belgrano

Decreto Nº1265/2020

Decreto Nº 1265/2020

General Belgrano, 01/10/2020

Visto

el expediente 4041-A-4641/19, y el Decreto 961/2019, y;

Considerando

Que a través del mencionado Decreto, se aceptó la renuncia de la agente municipal Silvia Beatríz Andreis - DNI: 13.012.468, para acogerse a los beneficios jubilatorios a partir del día 1 de mayo de 2019, procediéndose a liquidarle el anticipo jubilatorio correspondiente.

Que el inciso f) de la Ley 14656 - Estatuto del Empleado Municipal de la Pcia. de Buenos Aires establece que: “el trabajador que cese con los años de servicios necesarios para la obtención del beneficio jubilatorio, tendrá derecho a seguir percibiendo el importe correspondiente al sesenta por ciento (60%) de su remuneración mensual por hasta un máximo de doce (12) meses, como adelanto de su jubilación, de la que será deducida al liquidarse esta última.”

Que atento al estado de emergencia sanitaria declarado mediante el Decreto Provincial N° 132/2020 en el ámbito de la provincia de Buenos Aires, causada por el coronavirus (COVID-19), el Instituto de Previsión Social (I.P.S.) estableció modalidades de trabajo domiciliario, flexibilidad de horarios laborales, suspensión de atención al público y prórroga de vencimientos, lo que produjo la suspensión del curso normal de los trámites jubilatorios iniciados oportunamente por los ex-agentes municipales.

Que como consecuencia los agentes involucrados se encuentran sin la posibilidad de cobrar el haber jubilatorio por parte del I.P.S. y sin la posibilidad de cobrar el anticipo jubilatorio por parte del Municipalidad de General Belgrano, por haberse cumplido los 12 meses e informado su inclusión para el pago del haber jubilatorio al Departamento de Inclusiones de la repartición provincial mencionada.

Que a los fines de no perjudicar a la ex agente, el Municipio ha tomado la decisión de otorgar a la damnificada, un préstamo de dinero mensual en concepto de “anticipo de haber jubilatorio”, debiendo la ex agente proceder a la devolución total de los pagos efectuados una vez que perciba su haber jubilatorio liquidado por el Instituto de Previsión Social (IPS).

Que para su concreción, se conviene entre las partes celebrar un Contrato de Mutuo o Préstamo de Dinero, que se suscribirá y se registrará bajo el N° 600/2020 del Registro de Contratos.-

Que corresponde el dictado del acto administrativo a fin de facultar a la Dirección de Contaduría a liquidar en concepto de “anticipo de haber jubilatorio” a la ex agente Silvia Beatríz Andreis, de acuerdo al Contrato Mutuo suscripto entre las partes.

Por ello;

EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES

D E C R E T A

Artículo 1º: Autorizar el Contrato de Mutuo o Préstamo de Dinero suscripto entre la Municipalidad de General Belgrano y la ex agente municipal Silvia Beatríz Andreis – DNI: 13.012.468, el que se registrará bajo el N° 600/2020 del Registro de Contratos.-

Artículo 2º: Facultar a la Dirección de Contaduría a liquidar en concepto de “anticipo de haber jubilatorio”, la suma mensual de pesos veintisiete mil ($ 27.000.-) hasta tanto el IPS proceda a la liquidación normal del haber jubilatorio de la ex agente Andreis.-

Artículo 3°: El gasto que demande el cumplimento del presente decreto se imputará a la Jurisdicción 1110103000  – Programa 01 – Actividad 03 – Partida 6.2.1.1,  del presupuesto de gastos vigente.-

Artículo 4°: Encomendar a la Dirección de Recursos Humanos el seguimiento del proceso administrativo del I.P.S. respecto de la liquidación normal del haber jubilatorio de la Sra. Andreis y proceder de acuerdo a las cláusulas establecidas en el Contrato N° 600/2020.-

Artículo 5°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el  Secretario de Hacienda Cdor. Enrique Acha.-

Artículo 6°: Cumplir, comunicar a quienes corresponda, tomar razón Contaduría, Recursos Humanos, dar al Registro Oficial del Municipio, publicar, archivar.-