Boletines/Balcarce
Decreto Nº 0159
Balcarce, 15/01/2021
Visto
La solicitud efectuada por elSeñor Asesor Legal, Dr. César Andrés Romera. Y,
Considerando
Que en virtud de ello, solicita se le otorgue una bonificación en sus haberesa la agente SANTILLAN, Silvana Mariel - Legajo Nº 2240, quien reviste como personal
. temporario mensualizado con remuneración equivalente al sueldo básico del cargo de Profesional Clase I Ingresante, con una carga horaria de TREINTA Y NUEVE (39) horas semanales en la Asesoría Legal y Técnica.
Que fundamenta la solicitud de la bonificación, la necesidad de reconocer el desempefí� de la citada agente, quien se encuentra a cargo de las tareas de diligenciamientos, notificaciones y procuración en general para la Municipalidad de
Balcarce en la ciudad de Mar del Plata, las cuales resultan sumamente importantes para el avance de causas judiciales y demás tareas que se desarrollan en la misma, dado que constantemente se requiere tareas como: llevar escritos judiciales y documentación original a los Juzgados donde tramitan las causas en las que el Municipio forma parte; el retiro de cédulas y oficios desde la Oficina proveedora con la cual se mantiene convenio; el retiro de préstamos de las causas judiciales solicitadas por los abogados de la Asesoría; el diligenciamiento y retiro de expedientes que se remiten en consulta al Honorable Tribunal de Cuentas; la toma de vista y la toma de fotografias de causas requeridas; el diligenciamiento de sobres a estudios, escribanías, y/o personas que residan en la ciudad vecina; la gestión de concreción de encuentros cuando se necesite la firma de alguna persona involucrada en algún proyecto o actividad con el Municipio, evitando que esa persona viaje; y/o cualquier otro tipo de gestiones que sean fundamentales para llevar a cabo las tareas, en principio, judiciales de la Asesoría Legal, como también administrativas o de gestión.
Que cabe destacar que las tareas descriptas anteriormente, desarrolladas con total predisposición y compromiso laboral por la agente Santillán, anteriormente las ejecutaba un profesional Abogado externo a la planta municipal, contratado al sólo efecto de realizar la procuración judicial al que se le realizaba un contrato equivalente en JUS (medida arancelaria de honorarios de los abogados), lo que conlleva una optimización económica para las arcas municipales.
Que es menester dejar constancia que conforme lo establece el artíct1;lo 6 in fine de la Ley 14.656, "el Municipio podrá instituir con carácter permanentetr transitorio, general o sectorial, otras bonificaciones".
Que cabe agregar, que con las bonificacione encomendadas y la eficiencia demostrada en la ejecución de las mismas, ya que estará estrictamente ligada al cumplimiento y/o existencia de los motivos que justifican su otorgamiento
Que a raíz de lo expuesto, denota importancia el otorgamientode la presente bonificación, siendo en tal caso viable el pedido solicitado, atento que redundara positivamente en el funcionamiento de dicha área y de la Municipalidad de Balcarce.
Que habiendo tomado conocimiento la Dirección de RRHH., se procede a dictar el correspondiente acto administrativo, con el objeto de efectivizar el mismo. se persigue reconocer y valorar la función específica asignada, así como la responsabilidad que implique las tareas encomendadas y la eficiencia demostrada en la ejecución de las mismas, ya que estará estrictamente ligada al cumplimiento y/o existencia de los motivos que justifican su otorgamiento
Que a raíz de lo expuesto, denota importancia el otorgamientode la presente bonificación, siendo en tal caso viable el pedido solicitado, atento que redundara positivamente en el funcionamiento de dicha área y de la Municipalidad de Balcarce.
Que habiendo tomado conocimiento la Dirección de RRHH., se procede a dictar el correspondiente acto administrativo, con el objeto de efectivizar el mismo.
POR ELLO
EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE BALCARCE, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades y sus modificatorias.
DECRETA
ARTÍCULO !º:Otorgase, a partir del día 1° de enero de 2021 y hasta el día 31 de diciembre del mismo año en curso inclusive, una bonificación por la función de responsable de las tareas de diligenciamientos, notificaciones y procuración en general para la Municipalidad de Balcarce en la ciudad de Mar del Plata, remunerativa y mensual, de carácter transitoria y sectorial, equivalente al QUINCE por ciento (15%) sobre la escala de sueldos básicos de la categoría que corresponda con una carga horaria de TREINTA (30) horas semanales,ala agente SANTILLAN, Silvana Mariel - Legajo Nº 2240, quien reviste como personal temporario mensualizado con remuneración equivalente al sueldo básico del cargo de Profesional Clase I Ingresante, con una carga horaria de TREINTA Y NUEVE (39) horas semanales, en la Asesoría Legal-y 'Fécnica,
ARTICULO 2º: Dejase constancia, que la percepción de la presente bonificación indicada en el ARTICULO 1 º, podrá ser dejada sin efecto antes de la fecha señalada precedentemente, en caso de desaparecer o considerarse que no existen los motivos o fundamentos que justifican su otorgamiento. Asimismo el monto a percibir podrá ser modificado, cuando en conjunto con otras bonificaciones otorgadas superen el CINCUENTA por ciento (50%) mensual del sueldo básico, conforme lo normado en la Ordenanza Presupuestaria vigente.
ARTICULO 3°: Cúmplase, Comuníquese, Publíquese, tomen razón a sus efectos las Secretarías y Direcciones Municipales, Contaduría, Dirección de RRHH., Interesado/s, y Dese al Registro Oficial.
Firmado: Reino - Stoppani