Boletines/Balcarce

Decreto Nº0159

Decreto Nº 0159

Balcarce, 15/01/2021

Visto

La solicitud efectuada por elSeñor Asesor Legal, Dr. César Andrés Romera. Y,

Considerando

Que en virtud  de ello, solicita  se le otorgue una bonificación  en sus haberesa  la agente  SANTILLAN,   Silvana  Mariel  - Legajo  Nº  2240,  quien  reviste  como  personal

. temporario  mensualizado   con remuneración  equivalente  al  sueldo  básico  del  cargo  de Profesional Clase I Ingresante, con una carga horaria de TREINTA  Y NUEVE  (39) horas semanales en la Asesoría Legal y Técnica.

Que fundamenta  la solicitud de la bonificación, la necesidad de reconocer el desempefí�  de   la   citada   agente,   quien   se   encuentra   a   cargo   de   las   tareas   de diligenciamientos,   notificaciones   y  procuración   en  general  para  la Municipalidad   de

Balcarce en la ciudad de Mar del Plata, las cuales resultan sumamente  importantes para el avance  de causas judiciales y demás  tareas  que  se desarrollan  en  la misma, dado  que constantemente   se  requiere  tareas   como:  llevar  escritos  judiciales   y  documentación original a los Juzgados  donde tramitan las causas en las que el Municipio  forma parte; el retiro de cédulas y oficios desde la Oficina proveedora  con la cual se mantiene convenio; el retiro de préstamos  de las causas judiciales  solicitadas por los abogados de la Asesoría; el  diligenciamiento   y  retiro  de  expedientes  que  se  remiten  en  consulta  al  Honorable Tribunal  de Cuentas;  la toma  de vista y la toma  de fotografias de causas  requeridas;  el diligenciamiento  de sobres a estudios, escribanías,  y/o personas  que residan  en la ciudad vecina;  la gestión  de  concreción  de encuentros  cuando  se necesite  la firma  de alguna persona  involucrada  en algún proyecto  o actividad  con  el Municipio,  evitando  que esa persona viaje;  y/o cualquier  otro tipo de gestiones  que sean fundamentales  para llevar  a cabo   las   tareas,   en   principio,   judiciales    de   la   Asesoría    Legal,   como   también administrativas  o de gestión.

Que cabe destacar  que las tareas descriptas anteriormente,  desarrolladas  con total predisposición  y compromiso  laboral por la agente Santillán,  anteriormente  las  ejecutaba un  profesional  Abogado  externo  a  la  planta  municipal,   contratado   al  sólo  efecto  de realizar  la procuración  judicial  al que  se le realizaba  un  contrato  equivalente  en JUS (medida  arancelaria  de honorarios  de los abogados),  lo que conlleva  una  optimización económica para las arcas municipales.

Que es menester dejar constancia que conforme lo establece el artíct1;lo 6 in fine de la  Ley  14.656,  "el Municipio  podrá  instituir con carácter permanentetr transitorio, general  o sectorial,  otras bonificaciones".

Que cabe agregar, que con las bonificacione  encomendadas y la eficiencia demostrada en la ejecución de las mismas, ya que estará estrictamente  ligada  al  cumplimiento y/o  existencia de los  motivos  que justifican  su otorgamiento

Que a raíz de lo  expuesto, denota importancia el otorgamientode  la presente bonificación, siendo en tal caso viable el pedido solicitado, atento que redundara positivamente en el funcionamiento de dicha área y de la Municipalidad de Balcarce.

Que habiendo tomado conocimiento la Dirección de RRHH., se procede a dictar el correspondiente acto administrativo, con el objeto de efectivizar el mismo. se persigue  reconocer  y valorar  la función   específica   asignada,   así  como   la  responsabilidad    que  implique   las  tareas encomendadas y la eficiencia demostrada en la ejecución de las mismas, ya que estará estrictamente  ligada  al  cumplimiento y/o  existencia de los  motivos  que justifican  su otorgamiento

Que a raíz de lo  expuesto, denota importancia el otorgamientode  la presente bonificación, siendo en tal caso viable el pedido solicitado, atento que redundara positivamente en el funcionamiento de dicha área y de la Municipalidad de Balcarce.

Que habiendo tomado conocimiento la Dirección de RRHH., se procede a dictar el correspondiente acto administrativo, con el objeto de efectivizar el mismo.

POR ELLO

EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE BALCARCE, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades y sus modificatorias.

DECRETA

ARTÍCULO  !º:Otorgase,  a partir del día 1°  de enero de 2021 y hasta el día 31 de diciembre  del  mismo  año  en  curso  inclusive, una  bonificación  por  la  función  de responsable de las tareas de diligenciamientos, notificaciones y procuración en general para la Municipalidad de Balcarce en la ciudad de Mar del Plata, remunerativa y mensual, de carácter transitoria y sectorial, equivalente al  QUINCE por ciento (15%) sobre la escala de  sueldos  básicos  de la  categoría que corresponda  con una  carga horaria  de TREINTA (30) horas semanales,ala agente SANTILLAN, Silvana Mariel - Legajo Nº 2240,   quien   reviste   como   personal   temporario   mensualizado   con   remuneración equivalente al sueldo básico del cargo de Profesional Clase I Ingresante, con una carga horaria de TREINTA Y NUEVE (39) horas semanales, en la Asesoría Legal-y 'Fécnica,

ARTICULO  2º:  Dejase  constancia,  que  la  percepción  de  la  presente  bonificación indicada en el ARTICULO  1 º, podrá ser dejada sin efecto  antes de la fecha señalada precedentemente, en caso de desaparecer o considerarse que no existen los motivos o fundamentos que justifican  su otorgamiento.  Asimismo el monto  a percibir podrá ser modificado, cuando en conjunto con otras bonificaciones otorgadas superen el CINCUENTA por ciento (50%) mensual del sueldo básico, conforme lo normado en la Ordenanza Presupuestaria vigente.

ARTICULO  3°: Cúmplase,  Comuníquese,  Publíquese,  tomen  razón  a  sus  efectos  las Secretarías y Direcciones  Municipales,  Contaduría, Dirección  de RRHH., Interesado/s,  y Dese al Registro Oficial.

Firmado: Reino - Stoppani