Boletines/Balcarce

Decreto Nº0105

Decreto Nº 0105

Balcarce, 12/01/2021

Visto

El Convenio de Atención para Licencias de Conducir celebrado el día  12/12/2019  entre la  Municipalidad de Balcarce y el Sindicato de Trabajadores Municipales de Balcarce, y

 

Considerando

Que  por  dicho  Convenio,  el  STM  llevara  adelante  en  su  Centro  Medico  los  estudios  médicos,  clínicos, audiometrías, agudeza visual, y cuanto otro fuera menester en el marco de los requerimientos de la Ley de Tránsito para la Obtención de la Licencia de Conducir en el ámbito de la Municipalidad

Que según Clausula Sta se fija la escala tarifaría propuesta por la entidad sindical, según el trámite a realizar

Que se establece en el mismo que la Municipalidad será el ente recaudador del arancel correspondiente, distribuyéndose lo recaudado un 40% a la Municipalidad y un 60% al STM.

Que el Convenio ha sido aprobado mediante Decreto Municipal Nº 3743/201, Ordenanza Nº 06/2020 y Decreto de Promulgación Nº 154/2020

Que a fs  167 se adjunta nota emitida por el Sindicato de Trabajadores Municipales

Que la Dirección de Recursos y Fiscalización añade al  respecto listado de "Ingresos por Tesorería" emitido por sistema RAFAM, (fs  169/176) respecto al Recurso 032  "Cta. Terc-Conv. Examen Lic.  Conducir Ord. 06/2020", informando a fs 178 que el monto recaudado es de $ 194.150,00, siendo el 60% correspondiente al STM de $ 116.490,00

Que a fs 181 la Contadora Municipal informa la Imputación correspondiente respecto a la Ejecución extrapresupuestaria de Recursos (Planillas emitidas por Sistema RAFAM adjuntas a fs  180)

 

POR ELLO:

EL INTENDENTE  MUNICIPAL DEL PARTIDO  DE BALCARCE,  en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades y sus Modificatorias.

DECRETA

ARTICULO   1º-:  Autorizase  a  la  Contaduría Municipal  a  emitir  Orden  de  Pago  Extrapresupuestaria  a  favor  del SINDICATO DE TRABAJADORES MUNICIPALES  DE BALCARCE  por un importe de CIENTO  DIECISÉIS  MIL CUATROCIENTOS NOVENTA  ($  116.490,00)   en concepto de estudios médicos, clínicos, audiometrías, agudeza visual, y cuanto otro trámite  fuera menester realizado  en el mes de Diciembre en el Centro Medico perteneciente al STM, en el marco de los requerimientos de la Ley de Tránsito para la Obtención de la Licencia de Conducir en virtud de Jo establecido en el convenio celebrado oportunamente, correspondiente al sesenta por ciento (60 %) de lo recaudado por la Municipalidad de Balcarce

ARTÍCULO  2º: El  gasto establecido en el artículo 1 º, deberán  imputarse según detalle a continuación: Jurisdicción: Secretaria de Hacienda

Rubro Extrapresupuestario: 71000- Fondo de Terceros

Codigo AxT; 71025 Convenio Examen Medico Licencia de Conducir Ordenanza 06/2020

ARTICULO  3º-: El pago que demande lo  establecido en el Artículo 1°  deberá realizarse mediante Interdepósito Bancario, conforme a los datos que se detallan a continuación:

BANCO INDUSTRIAL  SA. CTA CTE  Nº: 0604928/01

CBU: 3220021605006049280019

ARTÍCULO  4º: Cúmplase, comuníquese   y tomen razón a sus efectos la Secretaria de Hacienda,  Presupuesto, RegistraciónContable, Direccion de Recursos y Fiscalización, Contaduría, Interesados y dése al Registro Oficial.

Firmado: Reino - Stoppani