Boletines/Las Flores

Decreto Nº1827/2020

Decreto Nº 1827/2020

Publicado en versión extractada

Las Flores, 15/09/2020

     LAS FLORES, 15 de septiembre de 2020.-

 

VISTO: 

                                     El contrato de Locación de Servicios celebrado el 01 de Agosto de 2020 entre la Municipalidad de Las Flores y la señora Julia Elena Sánchez Cestona, DNI Nº 35.185.682  con domicilio en la calle El Criollo 1385, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que diera origen al Expediente Nº 4063-2686/2020, y;

 

CONSIDERANDO: 

                                     Que la Señora Julia Elena Sánchez Cestona se desempeñará como Profesora Tutora de la materia Introducción al Pensamiento Científico del Programa UBA XXI de la Universidad de Buenos Aires, con subsede en la Municipalidad de Las Flores, cumpliendo con dos encuentros de dos horas en Agosto,  un encuentro  de dos horas en Septiembre, tres encuentros de dos horas en Octubre y un encuentro de dos horas en Noviembre de 2020,  destinado a alumnos de los últimos dos años de la Escuela Secundaria;  

                                      Que es propósito de este Departamento Ejecutivo apoyar la continuidad del quehacer educativo y cultural que fuera gestionado por la Asociación Dante Alighieri y coordinado por dicha institución desde el año 1994 hasta el segundo cuatrimestre del año 2011, a partir de cuya fecha está a cargo de la Municipalidad de Las Flores;

                                      Que existe disponibilidad financiera para atender la erogación que demande el cumplimiento del servicio;

                                      Por ello:

 

                     EL   INTENDENTE   MUNICIPAL   DEL   PARTIDO DE   LAS   FLORES

 

D E C R E T A:

 

Art.1º: Apruébese el Contrato de Locación de Servicios celebrado con fecha 01 de Agosto de 2020, entre la Municipalidad de Las Flores y la señora Julia Elena Sánchez Cestona, DNI Nº 35.185.682 quien se desempeñará como Profesora Tutora del Programa UBA XXI de la Universidad de Buenos Aires, de la materia Introducción al Pensamiento Científico del programa de Educación a Distancia UBA XXI, durante los meses de Agosto, Septiembre, Octubre y Noviembre de 2020.

 

Art.2º: El Locador por todo concepto percibirá la suma de pesos siete mil doscientos ($ 7.200) mensuales durante los meses de Agosto, Septiembre, Octubre y Noviembre  de 2020. Dicha suma será abonada en el plazo de siete días contra la presentación de la factura correspondiente ante la Secretaría de Educación.

 

Art.3º: La erogación que demande este gasto deberá imputarse a:                                                   Jurisdicción 1110118000 - Secretaría de Educación - Programa 29.00.00 - Partida: 3.4.9.0 – Secretaría de Educación - Otros - Fuente de Financiamiento 132: De origen provincial, Recurso afectado 11.4.3.0 Fondo Educativo, del Presupuesto de Gastos vigente.

 

Art.4º: Cúmplase, comuníquese  al interesado, a la Dirección de Personal, a la Secretaría de Desarrollo Social y Educación, tome nota Contaduría y dese  al R.O. del Municipio.

 

 

 

                     Prof. Rogelio F DÍAZ                                                  Ing. Alberto C GELENÉ

                  Secretario de Educación                                                   Intendente Municipal                             

 

 

DECRETO Nº 1827