Boletines/General Pueyrredon

Decreto Nº2114/20

Decreto Nº 2114/20

General Pueyrredon, 30/12/2020

Visto

que es necesario el dictado del acto administrativo legal, que cierre las Cajas Chicas que estuvieron vigentes durante el Ejercicio 2020 y

Considerando

Que el Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración, en su Art.235 Inc.a) punto 4), establece la obligatoriedad de la presentación de los instrumentos legales de Cajas Chicas,

 

Que dicha presentación forma parte del envío que debe realizar este Departamento Ejecutivo al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires, para el cierre del corriente Ejercicio Financiero,

 

Por todo ello, con las atribuciones que le son propias

EL INTENDENTE MUNICIPAL

 

D E C R E T A

ARTICULO 1º: Dase por finalizadas las Cajas Chicas que fueron autorizadas para el Ejercicio Financiero 2020, y que se detallan a continuación:

 

Secretaria de Cultura

$ 28.000.-

Secretaria de Desarrollo Productivo e Innovación

$ 28.000.-

Secretaría de Desarrollo Social

$ 28.000.-

Secretaria de Economía y Hacienda

$ 28.000.-

Secretaría de Educación      

$ 28.000.-

Secretaría de Gobierno

$ 28.000.-

Secretaria de Obras y Planeamiento Urbano

$ 28.000.-

Secretaría de Salud

$ 28.000.-

Secretaria de Seguridad

$ 28.000.-

Subsecretaria de Asuntos de la Comunidad

$ 28.000.-

Subsecretaria de Comunicación

$ 28.000.-

Subsecretaria de Coordinación Administrativa

$ 28.000.-

Subsecretaria de Gobierno Digital

$ 28.000.-

Subsecretaria de Transporte y Tránsito

$ 28.000.-

Subsecretaria Jefatura de Policía de General Pueyrredon

$ 28.000.-

Subsecretaria Legal y Técnica

$ 28.000.-

Contaduría General

$ 28.000.-

Tesorería Municipal

$ 28.000.-

Honorable Concejo Deliberante

$ 28.000.-

Delegación Distrito Descentralizado Chapadmalal

$ 28.000.-

Delegación Distrito Descentralizado Vieja Usina

$ 28.000.-

Delegación Municipal Batán

$ 80.000.-

Delegación Municipal de Sierra de los Padres y la Peregrina

$ 28.000.-

Dirección General Centro de Especialidades Médicas Ambulatorias (CEMA)

$ 28.000.-

Dirección General Centro de Operaciones y Monitoreo

$ 28.000.-

Dirección General de Análisis Estratégico del Delito y la Violencia

$ 28.000.-

Dirección General de Atención Primaria de la Salud

$ 28.000.-

Dirección General de Contrataciones

$ 28.000.-

Dirección General de Coordinación de Programas de Protección Comunitaria

$ 28.000.-

Dirección General de Cooperación Internacional, Colectividades y Culto

$ 28.000.-

Dirección General de Salud

$ 28.000.-

Dirección General de Secretaria Privada

$ 28.000.-

Dirección General de Transporte

$ 28.000.-

Dirección General del Sistema de Atención Médica de Emergencias (SAME)

$ 28.000.-

Dirección General Parque de Automotores y Vigilancia

$ 28.000.-

Defensoria del Pueblo

$ 28.000.-

Tribunal Municipal de Faltas Juzgado Nº 1

$ 28.000.-

Tribunal Municipal de Faltas Juzgado Nº 2

$ 28.000.-

Tribunal Municipal de Faltas Juzgado Nº 3

$ 28.000.-

Tribunal Municipal de Faltas Juzgado Nº 4

$ 28.000.-

Tribunal Municipal de Faltas Juzgado Nº 5

$ 28.000.-

Dirección de Administración

$ 28.000.-

Dirección de Coordinación de Recursos (ARM)

$ 28.000.-

Dirección de Defensa Civil

$ 28.000.-

Dirección de Informática y Telecomunicaciones

$ 28.000.-

Dirección de Personal

$ 28.000.-

Dirección de Promoción Social

$ 28.000.-

Dirección de Protección Sanitaria

$ 28.000.-

Dirección de Restauración de Monumentos Escultóricos

$ 28.000.-

Dirección Operativa de Tránsito

$ 28.000.-

Departamento de Coordinación y Técnico (Inspección General)

$ 28.000.-

Departamento de Servicios Delegación Norte

$ 28.000.-

Departamento Operativo  Laguna de los Padres

$ 28.000.-

Departamento Operativo de Inspección General

$ 28.000.-

División Infraestructura Escolar

$ 28.000.-

División Licencias de Conductor, Manejo Defensivo y Accidentología

$ 28.000.-

División Maestranza

$ 28.000.-

División Servicios Delegación Batán

$ 28.000.-

Casa de Mar del Plata en Buenos Aires

$ 28.000.-

 

ARTICULO 2º:  Se deberán cumplimentar las exigencias legales relativas a la baja de las fianzas, como así también, de los seguros de fidelidad y beneficio de fallo de caja otorgado a los responsables de las cajas chicas detalladas en el Artículo 1º.

 

ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Economía y Hacienda.

 

ARTICULO 4º: Regístrese, dese al Boletín Municipal, remítase una copia del presente al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires y para conocimiento y demás efectos, intervengan la Contaduría General, la Tesorería Municipal, la Dirección General de Contrataciones, la Dirección de Personal y la Dirección de Liquidación  y Control de Haberes

 

BLANCO                     MONTENEGRO