Boletines/Saladillo

Decreto Nº1150/2020

Decreto Nº 1150/2020

Saladillo, 07/07/2020

Visto

el proyecto “Toledo Verde” presentado por el Delegado de la localidad de Álvarez de Toledo del Partido de Saladillo, Sr. Guillermo Monetti;

Considerando

que el proyecto tiene como objetivo implementar la separación en origen de residuos domiciliarios, a fin de que sean tratados en la Planta de Residuos Sólidos Urbanos de la ciudad cabecera, con la infinidad de beneficios que ello acarrea;

QUE, el mismo surge teniendo en cuenta la elevada producción de basura y el inadecuado manejo de la misma que constituye uno de los mayores problemas ambientales;

QUE, el medio ambiente es un sistema formado por elementos naturales y artificiales que están interrelacionados y que son modificados por la acción humana, siendo un entorno que condiciona la forma de vida de la sociedad y que incluye valores naturales, sociales y culturales que existen en un lugar y momento determinado;

QUE nuestro país ha incorporado varios Tratados Internacionales a su legislación interna y como marco normativo para la protección del medio ambiente;

QUE, con la reforma constitucional del año 1994, la Argentina consagró expresamente la protección del medio ambiente a partir del artículo 41 de nuestra carta fundamental: “Todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo. El daño ambiental generará prioritariamente la obligación de recomponer, según lo establezca la ley. Las autoridades proveerán a la protección de este derecho, a la utilización racional de los recursos naturales, a la preservación del patrimonio natural y cultural y de la diversidad biológica, y a la información y educación ambientales…”;

QUE, el medio ambiente es el “hogar” donde todos vivimos, el planeta donde gozamos de los bienes naturales, por lo tanto, lograr tenerle sano sirve para preservar el bienestar, tanto de los seres humanos, como de los animales y plantas;

QUE, existen diversas acciones y/o herramientas que se pueden implementar para disminuir el negativo impacto que los residuos generan al medio ambiente;

QUE, entre ellos se encuentra la separación en origen para recuperar residuos secos y obtener nuevos productos; la recolección a conciencia y su posterior traslado a la Planta Municipal para su tratamiento; entre otras;

QUE, para llegar a ese objetivo será necesario trabajar con toda la comunidad, buscando la adhesión de la mayor cantidad de ciudadanos atento que de esa forma se verán los resultados;

QUE, en ese marco, se inculcará una actitud responsable y reflexiva sobre el cuidado y conservación del medio ambiente; se transmitirá información necesaria y adecuada para sensibilizar a la población sobre los problemas de contaminación y salud que genera un manejo inadecuado de los residuos; se fomentarán hábitos y actitudes para disminuir la generación de residuos en los hogares y se difundirá concientizará, puntualmente, sobre la cultura de la separación en origen de los residuos;

QUE, para todo ello, será necesario involucrar a los establecimientos educativos de todos los niveles e instituciones de la localidad como agentes multiplicadores del proyecto para así poder llegar a cada uno de los habitantes, considerando además que la educación ambiental en el nivel inicial es lo que mayormente se indica atento que internalizan acciones positivas para el medio ambiente desde chicos;

QUE, en ese sentido, resultará importante disponer de una persona específica que conozca la localidad, a fin de que se ocupe del seguimiento del proyecto e interactúe con los directivos, responsables y/o personas designadas por cada establecimiento educativo e institución; y

QUE,  será necesario establecer un cronograma de recolección de residuos a efectos de que cada hogar pueda organizarse y estar atentos para disponer sus residuos, húmedos o secos según el día de que se trate, en los canastos ubicados en el frente de sus viviendas;

QUE, por todo lo expuesto, resulta necesario el dictado de un acto administrativo que así lo disponga y establezca;

Por todo ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SALADILLO, en uso de facultades;

D E C R E T A

ARTICULO 1: Crear en la Localidad de Álvarez de Toledo del Partido de Saladillo, el Programa “Toledo Verde”, cuyo objetivo es la generación de conciencia ecológica y la implementación de la separación en origen de los residuos domiciliarios generados por los vecinos del lugar.

ARTICULO 2: Autorizar a la Oficina de Compras a contratar a un/a docente para desarrollar tareas que comprende el programa creado en el artículo primero y a realizar los trámites necesarios para solventar cualquier gasto que pudiera ocasionarse para el desarrollo del programa y las actividades que se realicen en el marco del mismo (publicidad, capacitación, traslado, elementos de ferretería, maderas, impresión de afiches, gastos de librería, etc.) y cualquier otro gasto que pudiera ocasionarse para el desarrollo de las actividades mencionadas en el artículo primero.

ARTÍCULO 3: Establecer un nuevo cronograma de recolección de residuos que incluya la separación de los mismos por parte de los ciudadanos involucrados en el proyecto.

ARTÍCULO 4: Comunicar, tomen razón las correspondientes oficinas y, cumplido, dar al Registro Oficial de Decretos.

DECRETO 1150/2020