Boletines/Rivadavia

Ordenanza Nº3951/2017

Ordenanza Nº 3951/2017

Rivadavia, 27/04/2017

Las constancias obrantes en el expediente administrativo número 4094-196-22-03-2017 caratulado “Regularizacion dominial de un inmueble sito en la Planta Urbana de la localidad de Sansinena, Partido de Rivadavia, identificado catastralmente como Circ.: III, Sección: B; Manzana: 131, Parcela: 17. Adquirentes: GUTIERREZ, Hernán Cesar, BELLO, Sandra Graciela. Transmitente: Municipalidad de Rivadavia”;

CONSIDERANDO:

                  Que por Ordenanza N° 1928, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia con fecha 23/07/1996, se autorizó al Departamento Ejecutivo a vender al Sr. Hernán Cesar Gutiérrez, titular del D.N.I. N° 13.044.869 y la Sra. Sandra Graciela Bello, titular del D.N.I. N° 16.263.789, un inmueble sito en la planta urbana de la localidad de Sansinena, Partido de Rivadavia, identificado catastralmente como Circunscripción: III, Sección: B, Manzana: 131, Parcela: 17, con una superficie de 500 metros cuadrados, inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires en la Matricula N° 1126 del Registro del Partido de Rivadavia (89)”;

                  Que el precio de la operación de compraventa antes referenciada se fijó en la suma de pesos seiscientos ($ 600), importe que se encuentra pendiente de pago;

                  Que con fecha 17/04/2017, la Comisión de Tasaciones Municipal –creada por Decreto N° 1535/2015- produjo informe de valuación respecto del inmueble antes referenciado;

                  Que según lo dispuesto en el Art. 4º inc. d) de la Ley 10830, la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires se encuentra facultada para intervenir;

         EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE RIVADAVIA  EN USO DE SUS FACULTADES  SANCIONA LA SIGUIENTE:

 

ORDENANZA

ARTICULO 1º.- DETERMINESE que el monto a integrar en concepto de precio por un inmueble sito en la planta urbana de la localidad de Sansinena, Partido de Rivadavia, identificado catastralmente como Circunscripción: III, Sección: B, Manzana: 131, Parcela: 17, con una superficie de 500 metros cuadrados, inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires en la Matricula N° 1126 del Registro del Partido de Rivadavia (89), objeto de regularización dominial, por parte de los cónyuges en primeras nupcias, Sr. Hernán Cesar GUTIERREZ, titular del D.N.I. N° 13.044.869, nacido el 18/05/1959, y Sra. Sandra Graciela BELLO, titular del D.N.I. Nº 16.263.789, nacida el 08/05/1963, ascenderá a la suma de PESOS DOCE MIL ($ 12.000,00), importe que podrá integrarse en hasta veinticuatro (24) cuotas, mensuales y consecutivas, por sistema de amortización francés, aplicándose una tasa de interés correspondiente al cincuenta por ciento (50 %) de la Tasa Hipotecaria Variable del Banco de la Provincia de Buenos Aires.

ARTICULO 2º.- REQUIÉRASE la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires a los fines del otorgamiento de los actos notariales de rigor a efectos de obtener la inscripción dominial del inmueble indicado en el Artículo 1 a favor de los cónyuges en primeras nupcias, Sr. Hernán Cesar GUTIERREZ y Sra. Sandra Graciela BELLO, conforme con lo prescripto por los artículos 2 y 4 inciso d) de la Ley 10.830, con constitución de hipoteca en primer grado de privilegio a favor de la Municipalidad de Rivadavia, si correspondiere.

ARTICULO 3º.- Regístrese, notifíquese, comuníquese y cumplido archívese.-

                     

DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE RIVADAVIA A LOS VEINTISIETE DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE.------------------------------------------------------------------------------------------------------------

 

MARIA FABIANA MILANI

ROBERTA RICCI

Secretaria

Vicepresidente 1º

Honorable Concejo Deliberante

Honorable Concejo Deliberante

REF: Expte. Nº 73/2017