Boletines/Coronel Rosales
Resolución Nº 70/2020
Coronel Rosales, 04/12/2020
Visto
La presentación de fs. 01 iniciada por la Agente Municipal Verónica Cecilia Schmidt, el informe elevado por el Sr. Jefe de Dpto. de Bromatología y Veterinaria obrante a fs. 05, lo previsto por los Arts. 88 y cctes. del CCT, Y
Considerando
Que mediante presentación de fs. 01 la Agente Municipal Sra. Verónica Cecilia Schmidt, Legajo Nro. 2571, solicita se disponga su cambio de agrupamiento reubicándosela en el Agrupamiento Técnico (Art. 88 Ap. 3 del CCT) – Clase 3 – Categoría 13 y no ya en el Agrupamiento Inspector (Art. 88 Ap. 8 del CCT) – Clase 3 – Categoría 13 como a la fecha del presente se encuentra ubicada.-
Fundamenta su petición en que su título habilitante es de Técnico en Control Bromatológico, que cumple funciones desde hace 18 años en el área de Bromatología y Veterinaria y que cumple con lo estipulado en el Art. 88 inc. 3 del CCT.-
Que las tareas y funciones que cumple cada Agente para el Municipio son lo que definen el “Agrupamiento” en el que debe ubicarse a cada uno de ellos siendo la actividad que en sí desarrolla determinante a tales efectos y no el título habilitante con el que cuente cada Agente en sí no obstante que dicho título le sea de utilidad para el mejor desarrollo de la función asignada.-
En el caso de la reclamante del informe elevado por el Sr. Jefe del Dpto. de Bromatología y Veterinaria surge, textualmente, que: “…En su rol de Inspectora aplica conocimientos técnicos y legales, ya que su principal función es velar por la salud de la población…”.-
Como puede verse el rol y/o función de la solicitante es el de Inspectora y, a tal fin, aplica los conocimientos técnicos y legales adquiridos en su tecnicatura.-
Que el Art. 88 inc. 8 ap. A del C.C.T. establece: “A.- El Escalafón del Personal Inspector estará compuesto por cuatro (4) clases con las siguientes características… Clase 3. Aquel personal que requiere especialización y responsabilidad.Debe poseer conocimientos específicos relacionados con las técnicas, procedimientos, leyes, decretos, ordenanzas y reglamentaciones aplicables a las tareas de su sector.Implica grado de especialización avanzada en la función asignada. Posee experiencia en la orientación y manejo del personal a su cargo.Factor de evaluación: Grado medio…”
Que el Art. 88 inc. 8 expresamente prevé la confluencia en el mismo de Agentes Municipales con conocimientos técnicos y legales específicos aplicables a las tareas de su sector, tal el caso de la reclamante.-
En este sentido la SCBA, con meridiana claridad, ha dicho: “…No cabe duda que la naturaleza jurídica del sueldo del agente público guarda íntima afinidad con la naturaleza de la función efectivamente desarrollada…” (SCBA en autos: “Vitale, Josefina Marta c/ Municipalidad de La Plata s/ Demanda contencioso administrativa” - B 51412).-
Del análisis desarrollado, fundamentos expuestos y normativa aplicable surge la improcedencia del reclamo, lo que así se resuelve.-
Por ello el INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES, en uso de sus facultades; RESUELVE
ARTICULO 1º.-Rechazar, por los fundamentos desarrollados y en todos sus términos, el reclamo deducido por la Agente Municipal Verónica Sra. Cecilia Schmidt, Legajo: Nro. 2571.-
ARTICULO 2º.-La presente Resolución será refrendada por la Señorita Secretaria de Gobierno.-
ARTICULO 3º.-Regístrese. Tome conocimiento el Dpto. de Bromatología y Veterinaria y déjese constancia de ello en el expediente y por su intermedio notifíquese a las jerarquías inferiores que corresponda. Por el Departamento de Personal notifíquese ala interesada. Hecho, archívese.-
RESOLUCION Nº70/2020