Boletines/Tandil
Decreto Nº 2803/2020
Tandil, 30/12/2020
Visto
La solicitud presentada por el Sr. ALSINA SANTIAGO – D.N.I. 31.227.685.
Considerando
La Ordenanza N° 4399 y el Decreto N° 2266/2019 que instituyen el Programa de Fortalecimiento a la Fuerza Económica Local (FEL).
Que al respecto se han expedido la Secretaria de Desarrollo Productivo y Relaciones Internacionales, el Director de Presupuesto y la Contadora General.
Por todo ello, en uso de sus facultades
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL
D E C R E T A
Artículo 1º: Autorízase a Contaduría General a extender orden de pago a favor de los proveedores
• BARRACA JUMAGOLU SA – C.U.I.T. 33-71433359-9, en la suma de $ 14.255,00;
• QUIMICA ESSIG S.R.L. – C.U.I.T. 30-66065003-9, en la suma de $ 13.965,72.,
En concepto de asignación no reintegrable a otorgar a ALSINA SANTIAGO – D.N.I. 31.227.685, en el marco de lo dispuesto por el artículo N° 12° y ss. del Decreto N° 2266/2019 que crea el Programa de Fomento a la Fuerza Económica Local (FEL), en el marco de la Orden. N° 4399, que instituyó el Programa Municipal de Promoción de las Pequeñas Unidades Económicas de Autogestión (PUEDA).
Artículo 2°: La erogación respectiva se imputará con cargo a la partida indicada por la Dirección de Presupuesto.
Artículo 3º: El presente decreto será refrendado por la Secretaria de Desarrollo Productivo y Relaciones Internacionales.
Artículo 4º: Regístrese, comuníquese, pase a la Secretaría de Economía y Administración, Contaduría General y oportunamente archívese.
Firma Digital: Maria Marcela Petrantonio (Secretaria) - Miguel Ángel Lunghi (Intendente)
Secretaría de Desarrollo Productivo y Relaciones Internacionales - Intendencia