Boletines/Pilar
Decreto Nº 3693/17
Pilar, 31/10/2017
CORRESPONDE A EXPTE 4089-19133/2017
Del Pilar
Visto
Que con motivo de realizarse el “XXXII Encuentro Anual de Profesionales de Ciencias Económicas del Ambíto Municipal”, los días 02 y 03 de Noviembre, en la Ciudad de Mar del Plata, organizado por la Comisión de Profesionales en Ciencias Económicas del Ambito Municipal del Consejo Profesional de la Provincia de Buenos Aires, y
Considerando
Que el encuentro tiene por objetivos generales crear un ámbito de debate sobre el Profesional en Ciencias Económicas y su Compromiso en la Creación de mecanismos de modernización aplicados a la administración pública municipal, como así también promover el acercamiento de los profesionales de Cs. Económicas y el intercambio de conocimiento y experiencia de los mismos
Que en representación de la Municipalidad del Pilar, concurrirán desde la Secretaría de Hacienda, Cabrera, Cecilia Irene Secretaria de Hacienda, el Contador Interino Municipal Sgoifo, Ricardo Matias; el Tesorero Municipal Mestanza Cueva, Bartolomé; el Subsecretario de Ingresos Públicos Lic. Mairano, Juan Carlos y la Directora de Presupuesto y Finanzas Sandra Miguel
Que ha intervenido el servicio de asesoramiento jurídico permanente emitiendo dictamen al respecto
Que las atribuciones del Señor Intendente se encuentran consagradas en el Articulo 108, inciso 17 de la Ley Orgánica de las Municipalidades.-
EL INTENDENTE MUNICIPAL, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
DECRETA
ARTICULO PRIMERO: Declárese de Interés Municipal el encuentro a desarrollarse en la Ciudad de Mar del Plata.
ARTICULO SEGUNDO: Autorícese a la Secretaria de Hacienda Cabrera, Cecilia Irene; al Contador Interino Municipal Sgoifo, Ricardo Matías; al Tesorero Municipal Mestanza Cueva, Bartolomé; a la Directora de Presupuesto y Finanzas Miguel, Sandra y al Subsecretario de Ingresos Públicos Mairano, Juan Carlos a concurrir al mismo.
ARTICULO TERCERO: Otórguese la suma de $75.000 (pesos setenta y cinco mil) al Tesorero Municipal Mestanza Cueva, Bartolomé DNI 18.324.273, quedando obligado a rendir cuentas de los gastos realizados a las 48 hs. de producidos los mismos
ARTICULO CUARTO: Impútese el gasto en Jurisdicción 1.1.1.01.05.000, Categoría Programática 01.03, Fuente Financiamiento 1.1.0, Objeto del Gasto 3.4.7 (Servicios de Hotelería), 2.1.1 (Alimentos), 2.5.6 (Combustibles), 3.7.2 (Viáticos) y 3.9.9 (Otros Serv.) U.E. 163.
ARTICULO QUINTO: Dese al Registro Municipal, intervenga la Secretaría de Economía y Hacienda, pase a la Dirección de Contaduria, notifíquese y, con las debidas constancias, archívese.