Boletines/Pilar

Decreto Nº3568/17

Decreto Nº 3568/17

Pilar, 23/10/2017

CORRESPONDE EXPEDIENTE N° 4494/2017

Pilar,

Visto

El expediente de referencia por el cual la organización religiosa denominada Fundación Cristiana de Evangelización, solícita la eximición del pago del Tributo por Mantenimiento de la Vía Pública y Servicios Generales correspondiente a la partida N° 141.454, por el año 2017.

Considerando

Que a fs. 01 la Fundación Cristiana de Evangelización presenta la solicitud a través de su presidente, Sr. Eduardo J. Carbone.

Que a fs. 02/05 se acompaña escritura pública y datos registrales de donde surge la titularidad de la Asociación sobre el inmueble que corre identificado con la partida 141.454.

Que a fs. 19 luce copia certificada del Decreto N° 36-15 por el cual se inscribió a la Fundación Cristiana de Evangelización en el Registro Municipal de Culto.

Que a fs. 22 la Dirección de Relaciones Institucionales, área con responsabilidad primaria en la materia, presta conformidad. Asimismo, y atento al carácter económico de la cuestión planteada ha intervenido la Subsecretaria de Ingresos Municipales.

Que lo solicitado se encuadra en lo establecido en el art. 72, inc. b) de la O.F.I. 2017.

Que la organización religiosa cumplimenta lo dispuesto en la Ordenanza 118/13.

Que el Servicio Jurídico permanente del Departamento Ejecutivo ha tomado la intervención que les compete.

Que las atribuciones del Sr. Intendente se encuentran consagradas en los artículos 6, 23 de la O.F.I. 2017 y el artículo 108, inciso 17 de la Ley Orgánica Municipal.

Que por decreto 1110/17, art. 2 inc. a) la Secretaría de Economía y Hacienda se encuentra autorizada a refrendar el presente acto administrativo.

El Sr. Intendente Municipal, en uso de sus atribuciones

D E C R E T A

ARTICULO 1º .= Exímase a la entidad denominada Fundación Cristiana de Evangelización del pago del Tributo por Mantenimiento de la Vía Pública y Servicios Generales por el Periodo Fiscal 2017 de la partida Nº 141.454, según lo establece el art. 72 inc. b) de la O.F.I. 2017.

ARTICULO 2° .= Dese al Registro Municipal, pase a la Subsecretaría de Ingresos Municipales, notifíquese por intermedio de la Dirección de Relaciones Institucionales y, con las debidas constancias archívese.