Boletines/Pilar

Decreto Nº3548/17

Decreto Nº 3548/17

Pilar, 18/10/2017

Corresponde al Expediente 671/17-11937/2017

PILAR,

Visto

El expediente de referencia, por el cual el Sr. SAGUERELA LEANDRO JAVIER, DNI N° 28.095.408, en su carácter de Apoderado de Asociación Civil Grupo Motivar para la Prevención de las Adicciones, tramita el “Uso Conforme de Suelo” para la instalación de un “Centro de Tratamiento de las Adicciones y sus Patologías Asociadas”, ubicado en la calle Entre Ríos y Jujuy, Manuel Alberti, Partido del Pilar.

El informe a fs. 60 de la Dirección de Planeamiento por el cual se ha verificado el cumplimiento de las condiciones exigidas para otorgamiento del “Uso Conforme de Suelo”.

 

Considerando

Que del total de los 9 vecinos consultados, 6 han dado su conformidad, y 3 no la han dado cuya firma se verifica de fs. 50 a 58 del expte. cte referencia.

Que de acuerdo al Código de Zonificación del Partido del Pilar, Ord. 10/85, corresponde a este Honorable Concejo Deliberante el otorgar el “Uso Conforme de Suelo” para emprendimientos de este tipo.

Que por ello el Honorable Concejo Deliberante se expide sancionando la Ordenanza Nro. 358/2017.

El Sr. Intendente Municipal, en uso de sus ATRIBUCIONES

D E C R E T A

ARTÍCULO PRIMERO. = Promulgase para su debido cumplimiento la Ordenanza Municipal N° 358/2017, cuya parte dispositiva dice:

ARTICULO 1°: OTORGASE a la parcela cuya Nomenclatura Catastral es Circunscripción: IX- Sección: K- Quinta: 17- Parcelas: 1 a, 1 d, 2, - Partidas: 16427, 16428, 14401, respectivamente, el “Uso Conforme de Suelo” para la instalación do un “Centro de Tratamiento de las Adicciones y sus Patologías Asociadas” ubicado en la calle Entre Ríos y Jujuy, Manuel Alberti, Partido Del Pilar.

ARTÍCULO 2°: La presente autorización tendrá validez por TRES (3) años a partir de la promulgación de la presente ordenanza. Cumplido dicho periodo y de no mediar causales impeditivas, a solicitud del iniciador, se verificaran las condiciones del entorno inmediato a efectos de prorrogar el permiso concedido por igual periodo de tiempo.

ARTICULO 3°: La obtención de la presente Ordenanza no implica la aprobación de planos o habilitación del emprendimiento.

ARTICULO 4°: Pase a D.E., a sus efectos. Dada y sellada en el recinto de sesiones de este Honorable Concejo Deliberante, con fecha 28 de septiembre de 2017.

ARTÍCULO SEGUNDO. = Dese al Registro Municipal, pase a la Jefatura de Gabinete, Subsecretaria de Planeamiento y Desarrollo Urbano, notifíquese a quien corresponda ,y con las debidas constancias archívese.