Boletines/Saladillo
Decreto Nº 893/2020
Saladillo, 14/05/2020
Visto
la nota N° NO-2020-09449296-GDEBA-MJGM emitida por el Ministro Jefe de Gabinete de Ministros de la Provincia de Buenos Aires, mediante la cual autoriza al Estado Municipal a proceder al dictado de un acto administrativo que habilite el inicio del desarrollo de las actividades y servicios de CALZADO;
Considerando
que la misma se dictó en el marco de lo regulado por el artículo 10 del Decreto N° 340/2020 y el Decreto N° 459/2020;
QUE dicha nota se emite a partir del requerimiento que se elevó desde el Municipio para que se analice y considere un requerimiento puntual de la fábrica de calzado saladillense VADAMAX S.A. a fin de obtener autorización para su funcionamiento;
QUE, ello tramitó por expediente N° EX-2020-09083316-GDEBA-DSTAMJGM, donde además el Municipio acompañó una planilla Excel con datos propios de la empresa, informe epidemiológico del partido, protocolo sanitario y de funcionamiento de la fábrica y protocolo de fiscalización municipal;
QUE, en el DNU 459/2020, específicamente en su Anexo Único, se dispusieron diversos protocolos autorizados por la Autoridad Sanitaria Nacional, entre los que se encuentra el de CALZADO;
QUE, de acuerdo a todo lo expuesto, habiéndose pronunciado el Gobierno Provincial, corresponde el dictado de un acto administrativo municipal que disponga la excepción al aislamiento social, preventivo y obligatorio, respecto del inicio de funcionamiento de las actividades y servicios relativos a calzado, en cumplimiento con el protocolo presentado oportunamente y el especificado para dicho rubro en el Anexo Único del DNU 459/2020;
Por todo ello, el INTENDENTE MUNICIPAL DE SALADILLO, en uso de sus facultades,
D E C R E T A
ARTÍCULO 1: Exceptuar de la medida de aislamiento social, preventivo y obligatorio dispuesta por DNU 297/2020 y sus prórrogas, en el Partido de Saladillo y de conformidad con la nota N° NO-2020-09449296-GDEBA-MJGM del Ministro Jefe de Gabinete de Ministro de la Provincia de Buenos Aires, a las actividades y servicios de CALZADO.
ARTICULO 2: Disponer que el funcionamiento de empresa mencionada en el artículo primero, deberá ser acorde al protocolo especifico que como Anexo Único forma parte del presente y al dispuesto como Anexo Único del DNU 459/2020.
ARTICULO 3: Comunicar, a fin de tomen razón las correspondientes oficinas y cumplido, dar al Registro Oficial de decretos.
DECRETO 893/2020