Boletines/Saladillo
Decreto Nº 820/2020
Saladillo, 25/04/2020
Visto
la Resolución Provincial N° 115/2020 emitida por el Ministro de Jefatura de Gabinete de Ministros de la Provincia de Buenos Aires mediante la cual se aprueban las recomendaciones para la confección de Protocolos Sanitarios y de Funcionamiento que como ANEXO I forma parte de la resolución mencionada;
Considerando
que en dicho anexo se disponen recomendaciones respectos de las actividades exceptuadas en el artículo 1° inciso 1 a 9 de la Decisión Administrativa N° 524/2020;
QUE, tales incisos refieren a las siguientes actividades: establecimientos que desarrollen actividades de cobranzas e impuestos, oficinas de rentas de las provincias, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y de los Municipios, actividad registral Nacional y Provincial, venta de mercadería ya elaborada de comercios minoristas, atención médica y odontológica, laboratorios de análisis clínicos y centros de diagnósticos por imagen, ópticas, peritos y liquidadores de siniestros de las compañías aseguradoras, establecimientos para la atención de personas víctimas de violencia de género;
QUE, luego del dictado de Decreto de Necesidad y Urgencia N° 355/2020 y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 3 del mismo, el Municipio de Saladillo elevó al Gobernador de la Provincia de Buenos Aires, una propuesta de ampliación de excepciones para nuestro Partido, habiéndose generado el expediente EX-2020-07391761-GDBA-DSTAMJGM;
QUE, diversas de las excepciones propuestas para implementar en Saladillo encuadran dentro de las actividades establecidas en el artículo 1 incisos 1 a 9 de la Decisión Administrativa N° 524/2020;
QUE, sin perjuicio de lo expuesto, habiendo tomado conocimiento de la reciente Resolución Provincial N° 115/2020, nos encontramos en pleno acuerdo con las recomendaciones sanitarias y de funcionamiento allí dispuestas;
QUE, a fin de obtener el aval correspondiente por parte del Gobierno Provincial y poder comenzar lenta y gradualmente con las actividades comerciales y económicas que la situación epidemiológica de nuestro distrito nos permite reactivar con el protocolo pertinente, resulta necesario proceder al dictado de un acto administrativo que adhiera a los protocolos recomendados;
Por todo ello, el INTENDENTE MUNICIPAL DE SALADILLO, en uso de sus facultades,
D E C R E T A
ARTÍCULO 1: Adherir a la Resolución Provincial N° 115/2020 emitida por el Ministro de Jefatura de Gabinete de Ministros de la Provincia de Buenos Aires que dispone recomendaciones para la confección de Protocolos Sanitarios y de Funcionamiento respecto de las actividades establecidas en el artículo 1 incisos 1 a 9 de la Decisión Administrativa N° 524/2020.
ARTICULO 2: Establecer que las recomendaciones dispuestas en la Resolución Provincial N° 115/2020, constituye el Protocolo Sanitario y de Funcionamiento para todo el Partido de Saladillo respecto a las actividades especificadas en el artículo 1 incisos 1 a 9 de la Decisión Administrativa N° 524/2020.
ARTICULO 3: Elevar al Ministro de Jefatura de Gabinete de Ministros de la Provincia de Buenos Aires el presente acto administrativo a fin de obtener el aval correspondiente.
ARTICULO 4: Comunicar, a fin de tomen razón las correspondientes oficinas y cumplido, dar al Registro Oficial de decretos.
DECRETO 820/2020