Boletines/Tandil
Decreto Nº 2729/2020
Tandil, 28/12/2020
Visto
La Ordenanza Nº: 17033, sancionada por el Concejo Deliberante con fecha 17 de diciembre de 2020, mediante la cual se convalida el contrato de locación suscripto entre la Sra. Claudia Silvina Demarco DNI. 16.713.082 y el Sr. Gustavo Eduardo Favre, DNI. 16.160.121 ambos con domicilio en calle Reforma Universitaria Nº 2550, de la ciudad de Tandil, Provincia de Bs. As. y la Sra. María Fernanda Blanco , DNI. 17.625.021, CUIT 27-17625021-1, con domicilio en calle Belgrano Nº 338, 3er piso, de la ciudad de Tandil, Provincia de Buenos Aires, por sí y en representación de sus hijos: Homero Fortunato, DNI. 39.152.974 y Lucio Fortunato, DNI. 40.656.262, en virtud del poder general amplio de administración otorgado por Escritura Pública Nº 135, de fecha 11 de noviembre de 2015, pasada ante el Registro Notarial Nº 300 de la ciudad de La Plata cuya copia simple integran este contrato, por una parte, en adelante denominados “LOS LOCADORES” y por la otra parte, la Municipalidad de Tandil, representada en este acto por el Sr. Intendente Municipal, Dr. Miguel Ángel Lunghi, DNI. 5.383.874, con domicilio en calle Belgrano Nº 485, en la ciudad de Tandil, en adelante denominado “EL LOCATARIO”, obrante en fs. 2, mediante el cual se celebra un contrato de locación de un local comercial ubicado en calle Belgrano Nº 338 Planta Baja Frente, de la ciudad de Tandil, Provincia de Bs. As. El presente contrato tendrá una duración de 3 años, término el cual se cuenta a partir del día 1 de noviembre de 2019 hasta el 31 de octubre de 2022. Se abonará mediante dos cheques de cuenta bancaria de la Municipalidad de Tandil y por Tesorería Municipal, con los importes en porciones iguales para ambas partes de los locadores. El precio de la locación se fija en la suma de Pesos Treinta Mil Novecientos Dieciocho con 57/100 ($30.918,57), para los meses de noviembre , diciembre de 2019 y enero 2020 (que corresponden al 5 % de aumento de lo abonado en el mes de octubre de 2019, por lo que mensualmente se abonará a cada una de las partes LOCADORAS la suma de Pesos Quince Mil Cuatrocientos Cincuenta y nueve con 28 /100 ($ 15.459,28), La suma de Pesos Treinta y Dos Mil Cuatrocientos sesenta y cuatro con 49/100 ($ 32.464,49) para los meses de febrero, marzo y abril 2020, por lo cual se abonará mensualmente partes iguales a cada parte locadora la suma de Pesos Dieciséis Mil Doscientos Treinta y Dos con 24/100 ($ 16.232, 24), y la suma de Pesos Treinta y Ocho Mil Novecientos Cincuenta y Siete con 38/100, ($ 38.957,38) desde el mes de mayo de 2020, es decir Pesos Diecinueve Mil Cuatrocientos Setenta y Ocho con 69/100 ($ 19.478,69) a cada parte locadora, que se irá actualizando semestralmente en un Veinte por Ciento (20 %) hasta la finalización del presente contrato.
Convalídense los contratos de locación que se detallan en los artículos 2º y 3º de la Ordenanza Nº 17033/20, que luce a fs. 24, 25 y 26 del presente expediente.-
Considerando
Las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Ley Orgánica Municipal, por Decreto-Ley 6769/58 y sus modificatorias, en el art. 108 inc.2) y concs.
Por todo ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL de TANDIL
D E C R E T A
Artículo 1º - PROMÚLGASE la Ordenanza 17033, sancionada por el Concejo Deliberante de Tandil.
Artículo 2º - El presente Decreto será refrendado por el señor Jefe de Gabinete.
Artículo 3º- Regístrese, Comuníquese, dése al registro de Ordenanzas, al Boletín Municipal, y archívese.
Tomen conocimiento Secretaría de Gobierno, Secretaría de Economía y Administración, Dirección de Presupuesto, Contaduría General, Secretaría Legal y Técnica, Secretaría de Protección Ciudadana y oportunamente archívese.-
Firma Digital: Oscar Alberto Teruggi (Jefe de Gabinete) - Miguel Ángel Lunghi (Intendente)
Jefatura de Gabinete de Secretarios - Intendencia