Boletines/Chascomús
Ordenanza Nº 5520/20
Chascomús, 23/12/2020
VISTO:
El Expediente N° 4030.-146466/A; y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente de referencia se tramita la solicitud de un espacio de propiedad municipal, efectuada por la agrupación de “Radioaficionados de Chascomús” para su funcionamiento.-
Que el municipio cuenta con un espacio en el bien inmueble denominado catastralmente como Circ. II, Secc. A, Ch. 9, Pc. 3a.-
Que este espacio puede ser cedido en comodato a los solicitantes, con el fin de ser utilizado para tareas de capacitación de las especialidades de la agrupación.-
Que a Fs. 6, consta el plano del inmueble confeccionado por la Dirección de Planeamiento y Obras Privadas, destinándose a los peticionantes el espacio que se denomina DEP. (Depósito).-
Que corresponde al Honorable Concejo Deliberante, autorizar la suscripción de los actos administrativos pertinentes, de conformidad con lo dispuesto por el art. 56° de la LOM.-
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante de Chascomús sanciona la siguiente.
ORDENANZA
ARTICULO 1º.- Autorizar al Departamento Ejecutivo a otorgar en comodato a la agrupación de “Radioaficionados de Chascomús”, un espacio edificado ubicado en el bien inmueble de propiedad municipal denominado catastralmente como Circ. II, Secc. A, Ch. 9, Pc. 3a de acuerdo a lo actuado en el Expediente N° 4030.- 146466/A, en conformidad con lo dispuesto en el art. 56° de la LOM.-
ARTICULO 2°.- El presente comodato tendrá una duración de cinco (5) años, pudiendo ser renovado por una nueva Ordenanza.-
ARTICULO 3°.- En caso que la agrupación no cumplan con el objetivo social o se disuelva antes de los 5 años, será causa de terminación del presente comodato.-
ARTICULO 4°.- De forma.-