Boletines/Saladillo
Decreto Nº 751/2020
Saladillo, 30/03/2020
Visto
el Decreto 620/2020 mediante el cual se declara la Emergencia Preventiva Sanitaria en todo el Partido de Saladillo dada la situación epidemiológica originada por el coronavirus;
Considerando
que idéntica declaración efectuaron los Gobiernos Nacional y Provincial, a través de los Decretos 260/2020 y 132/2020 respectivamente;
QUE, a partir de entonces y entendiendo que la única herramienta para evitar el contagio del COVID-19 es la prevención, el Gobierno Nacional dictó el DNU N° 297/2020 disponiendo la medida de aislamiento social, preventivo y Obligatorio;
QUE, a partir de entonces se establecieron otras disposiciones buscando disminuir la circulación de la mayor cantidad de personas posibles, en ese sentido y entre otros, se ordenó el cierre de las entidades bancarias;
QUE, de acuerdo a la información trascendida, las mismas permanecerán cerradas no teniendo conocimiento certero de la fecha de reapertura y en dicho caso qué servicios brindarán;
QUE, la Oficina de Tesorería Municipal ejecuta diversas tareas en donde requiere de la intervención bancaria;
QUE, puntualmente, para transferencias de dinero a proveedores y beneficiarios, desde el Municipio se les exige Constancia de CBU suscripta por el Banco respectivo; y
QUE, asimismo y con relación a distintos programas municipales que son abonados mediante cheque, se ha generado una preocupante complicación con el cierre bancario lo que ocasiona la imposibilidad de cambiarlos, debiendo abordar la situación y lograr una solución en torno a ello;
QUE, en relación a los inconvenientes expuestos, de forma excepcional y ante la situación sanitaria que impacta en todo el país: * para pagos a proveedores que no posean cuenta bancaria, cuyo monto no sea importante se dispondrá de efectivo en la oficina de Recaudación y se cambiará el cheque previo endoso del mismo; * para las trasferencias a proveedores y beneficiarios se aceptará Constancia de CBU emitida en forma digital; * para el pago de programas a beneficiarios, cuyo monto total sea importante, se emitirá un cheque global a nombre del Municipio a fin de que el Banco de la Provincia de Buenos Aires nos entregué el dinero correspondiente en efectivo y luego la Oficina de Tesorería pague el monto que corresponda a cada beneficiario del programa del que se trate;
QUE, por todo lo expuesto, deviene necesario el dictado de un acto administrativo que disponga en ese sentido, disponiendo las autorizaciones correspondientes para respaldar tales operaciones;
Por todo ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SALADILLO, en uso de sus facultades;
D E C R E T A
ARTICULO 1: Autorizar a la Oficina de Tesorería, en el marco de la Emergencia Preventiva Sanitaria dada por el COVID-19, a recepcionar y tener como válidas las Constancias Bancarias de CBU emitidas en forma digital, presentadas por proveedores y beneficiarios del Municipio.
ARTICULO 2: Autorizar a la Oficina de Tesorería, en el marco de la Emergencia Preventiva Sanitaria dada por el COVID-19, a emitir cheques globales por cada Orden de Pago a nombre del Municipio de Saladillo, para los Programas municipales cuyo monto total sea importante, a fin de que el Banco entregue el efectivo y luego dicha oficina realice el pago a cada uno de ellos, previa firma de constancia de cobro.
ARTICULO 3: Autorizar a la Oficina de Tesorería, en el marco de la Emergencia Preventiva Sanitaria dada por el COVID-19, a cambiar cheques de beneficiarios de los diferentes Programas Municipales y/o de Proveedores municipales que no dispongan de Cuenta Bancaria, en la Oficina de Recaudación, siempre y cuando haya dinero disponible y no pueda llevarse a cabo el procedimiento establecido en el artículo segundo.
ARTICULO 4: Comunicar, a fin de que tomen razón las correspondientes oficinas y, luego dar al Registro Oficial de Decretos.
DECRETO 751/2020