Boletines/Adolfo Gonzales Chaves
Decreto Nº 918/17
Adolfo Gonzales Chaves, 24/08/2017
Visto
El Expediente 4055-282-2017, donde a fojas 26 la Asociación Cooperadora de la Escuela Nº 8 “Hipólito Irigoyen” de esta ciudad, solicita una ayuda económica destinada a solventar gastos de traslado, recorridos y estadía, originados por un viaje que alumnos de 6º año de dicho Establecimiento realizarán a la ciudad de Tandil, en el marco del Proyecto presentado en la “Feria de Ciencias Distrital y Regional” inserta en el Anteproyecto Marco Distrital de Educación, presentado por la Subdirectora de Medio Ambiente de este Municipio denominado “MEDIO AMBIENTE NATURAL y SOCIAL” y el Proyecto de Jefatura Distrital de Educación denominado “PENSAR Y HACER LA EDUCACIÓN EN EL ESCENARIO DE LOS NUEVOS CONTEXTOS NATURALES Y SOCIALES”; y
Considerando
Que existen recursos provenientes del Fondo de Financiamiento Educativo – Ley 26.075;
Que a fojas 29/31 se agregó informe de Contaduría Municipal;
Que es necesario dictar el acto administrativo correspondiente;
Por ello;
el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades que le son propias;
D E C R E T A:
ARTICULO 1º.- Otórgase a la ASOCIACIÓN COOPERADORA DE LA ESCUELA Nº 8 “HIPÓLITO IRIGOYEN” de Adolfo Gonzales Chaves, un Subsidio de Pesos DOCE MIL QUINIENTOS ($ 12.500), para abonar gastos de traslado, recorridos y estadía, originados por un viaje que alumnos de 6º año de dicho Establecimiento realizarán a la ciudad de Tandil, en el marco del Proyecto presentado en la “Feria de Ciencias Distrital y Regional” inserta en el Anteproyecto Marco Distrital de Educación, presentado por la Subdirectora de Medio Ambiente de este Municipio denominado “MEDIO AMBIENTE NATURAL y SOCIAL” y el Proyecto de Jefatura Distrital de Educación denominado “PENSAR Y HACER LA EDUCACIÓN EN EL ESCENARIO DE LOS NUEVOS CONTEXTOS NATURALES Y SOCIALES”.-
ARTICULO 2º.- La Entidad beneficiaria deberá rendir cuentas al 31-10-2017, ante la Contaduría Municipal, con documentación fehaciente que acredite la correcta utilización de los fondos recibidos, de conformidad a lo establecido en el Artículo 276° de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.-
ARTICULO 3º.- El Subsidio acordado por el artículo 1° deberá efectuarse con cargo a la siguiente partida:
Jurisdicción: 1110101000 Unidad Intendente
Programa 01.01.00 Administración y Conducción Unidad Intendente
Fuente de Financiamiento: 132 De Origen Provincial
5.0.0.0 Transferencias
5.1.0.0 Transferencias al sector privado para financiar gastos corrientes
5.1.8.0 Trasferencias para el aprendizaje, enseñanza e investigación
ARTICULO 4º.- Tomen razón Secretaria de Hacienda, Contaduría y Tesorería; cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-