Boletines/Quilmes

Decreto Nº1864/2020

Decreto Nº 1864/2020

Quilmes, 07/09/2020

Visto

el expediente N°4091-5396-D-2020, iniciado por el Sr. Secretario de la
Secretaria de Servicios Publicos de la Municipalidad de Quilmes, cuyo objeto es
la contratacion del servicio de mantenimiento y/o reparacion de maquinaria vial
a la Secretaria de Servicios Publicos;

Considerando

Que la Secretaria de Servicios Publicos solicita Ia
contratacion del servicio de reparacion y/o mantenimiento de maquina vial
pertenecientes a la misma, bajo la modalidad de compra excepcional del
articulo 156 inciso 6° de la Ley Organica de las Municipalidades (Decreto-Ley
N°6.769/58 y modificatorias vigentes);
Que fundamenta tal peticion, en virtud de "(...) la urgente
necesidad de prestar un Optimo y continuo servicio en el mantenimiento de las
vias de comunicaci6n dentro del partido de Quilmes (...)"(conforme. fs. 3);
Que luce agregada la solicitud de pedido N° 1388 de fecha
21/07/2020;
Que obra registro de invitados a cotizar;
Que lucen agregados los presupuestos de diferentes
proveedores y sus respectivas fichas;
Que se encuentra agregada Ia Comparacion de Ofertas de
fecha 26 de agosto del 2020;
Que a fs. 59 obra Dictamen de la Subsecretaria de Asesoria
Letrada de Ia Municipalidad de Quilmes en el cual se concluye que no habria
objeciones tecnico juridicas para ejecutar la contratacion directa solicitada en el
marco de la normativa analizada (art. 156, inc. 6° L.O.M.).
Que Ia Ordenanza 12.606/16 que declara Ia Emergencia en
materia de Infraestructura, Habitat, Vivienda y Servicios Publicos, la cual
adhiere a la Ley Provincial N° 14.812, prorrogada el dia 19 de diciembre de
2019 por el plazo de un alio a traves de la Ley Provincial N° 15.165;
Que el articulo 2° de la citada Ordenanza autoriza
explicitamente al Departamento Ejecutivo a contratar la prestacion de los
servicios necesarios para hacer frente a Ia situacion de emergencia;
Que el Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de
Administracion para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires en su
articulo 194 establece que: "[I]a Compra Directa es procedente hasta el monto
que fija la Ley Organica Municipal o para los casos de excepcion previstos en la
misma (articulos 151 y 156). La autoridad contratante procurara asegurarse por
los medios a su alcance, que el precio cotizado sea el mas conveniente de
plaza a la fecha de la contratacion.";
Que el articulo 156 de Ia Ley Organica de las
Municipalidades (Decreto-Ley N°6.769/58 y modificatorias vigentes) establece
excepciones a las previsiones determinadas respecto a licitaciones y concursos,
admitiendo compras y contrataciones directas en los casos de 'la reparacion de
motores, maquinas, automotores y aparatos en general." (cfme. inc. 6° del
articulo citado);Que respecto del presupuesto de la empresa proveedora
HIDRAULICA POWER VIAL S.R.L., teniendo en consideracion las
caracteristicas del producto y las condiciones comerciales ofrecidas, resultaria,
el valor corriente en plaza mas conveniente en el mercado;
Que las excepciones establecidas para las licitaciones y
concursos de precio en este tipo de adquisiciones, no implica descuidar los
detalles de transparencia, seguridad juridica y responsabilidad que debe
imperar en la gestion de los bienes publicos;
Que el articulo 88 del Reglamento Municipal de Compras y
Suministros, hace referencia al procedirniehto de contratacion directa, sin limite
de monto, cuando el caso encuadre dentro de las excepciones establecidas en
el articulo 156 de Ia Ley Organica de las Municipalidades (Decreto-Ley
N°6.769/58 y modificatorias vigentes);
Que el articulo 89 del mismo reglamento, establece los
requisitos, los cuales se encuentran cumplidos en los presentes;
Que el Reglamento de Contrataciones Compras y
Suministros de la Municipalidad de Quilmes, faculta a la Intendenta Municipal
para adjudicar o rechazar las contrataciones efectuadas por el Departamento
Ejecutivo;
Que el recurso utilizado sera proveniente de la Fuente de
Financiamiento 110 (Tesoro Municipal);
Que por razones de oportunidad, merito y conveniencia,
resulta necesario y razonable dictar el presente acto administrativo de
adjudicacion directa de contratacion de servicio de reparacion y/o
mantenimiento de vehiculos pertenecientes a la Secretaria de Servicios
Publicos;
Que el presente Decreto se dicta en use de las atribuciones
conferidas por el articulo 156 inciso 6° de la Ley Organica de las
Municipalidades (Decreto-Ley N°6.769/58 con modificaciones vigentes), articulo
194 del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administracion para las
Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires y los articulos 88 y 89 del
Reglamento de Contrataciones Compras y Suministros de la Municipalidad de
Quilmes; y
Por todo lo expuesto;

 

 

LA INTENDENTA MUNICIPAL

DECRETA:

ARTICULO 1°: ADJUDICASE a Ia empresa proveedora "HIDRAULICA
POWER VIAL S.R.L." CUIT N° 30-70859927-8 el objeto de la Contratacion
Directa consistente en el servicio de reparacion y mantenimiento de vehiculos
pertenecientes a la Secretaria de Servicios Publicos, conforme a la Solicitud de
Pedido N° 1388/2020, por un monto total de pesos tres millones doscientos
cincuenta y tres mil trescientos ($ 3.253.300,00.-) IVA incluido, de conformidad
a los valores presupuestados.-
ARTICULO 2°: DISPONESE que el presente gasto se innputara en el
Presupuesto de Gastos de la Administracion Central 1110174000 en la

Subjurisdiccion "Secretarla de Servicios Publicos"; Categoria Programatica
01.00.00, Fuente de Financiamiento 110; correspondiendo a la Partida 3.3.3.0.-
ARTICULO 3°: DISPONESE que el presente Decreto sera refrendado por el Sr.
Jefe de Gabinete.-
ARTICULO 4°: COMUNIQUESE a quienes corresponda, dese al registro
General y ARCHIVESE.-

 

    MAYRA S. MENDOZA                      LIC. ALEJANDRO E. GANDULFO                        Dr. CLAUDIO H. CARBONE

            Intendenta                                               Jefe de Gabinete                                     Secretario Legal y Técnico

MUNICIPALIDAD DE QUILMES              MUNICIPALIDAD DE QUILMES                     MUNICIPALIDAD DE QUILMES 

 

              Ángel D. García

Secretario de Servicios Públicos

MUNICIPALIDAD DE QUILMES

                                                                                       

                                                                        Cdra. ALEJANDRA S. PRIETO                                                  

                                                                                Secretaria de Hacienda

 

DECRETO Nº 1864/2020