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Decreto Nº1862/2020

Decreto Nº 1862/2020

Quilmes, 07/09/2020

Visto

el expediente N° 4091-14928-C-2019; iniciado por Ia empresa CMC Di
Ravenna — Argentina Branch, cuyo objeto es la solicitud de la factibilidad para la
ejecucion de Ia obra "Rio Subterraneo a Lomas" — Proyecto SA 853, en el
Partido de Quilmes; y

Considerando

Que la empresa CMC Di Ravenna — Argentina Branch,
contratada por Aguas y Saneamiento Argentina Sociedad Anonima (AySA SA),
solicito la factibilidad para Ia ejecucion de la Obra licitacion publica internacional
N° DI-LPI-0001/16, denominada "Rio Subterraneo a Lomas" — Proyecto SA 853,
en el Partido de Quilmes;
Que la obra a ejecutar consiste en la construccion de un
tunel circular de TRES CON NUEVE (3,9) metros de diametro interno con una
extension total de TRECE MIL QUINIENTOS (13.500) metros lineales; de los
cuales DOS MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA (2.850) metros lineales se
ejecutaran en el territorio del Municipio de Quilmes;
Que Ia obra consiste, a su vez, en la construccion, en eI
territorio del Municipio de Quilmes, de TRES (3) camaras de inspeccion y UNA
(1) camara cuatrifurcadora que permitiran el acceso al interior del Rio
Subterraneo que poseera una profundidad media de VEINTE (20) metros;
Que la traza de la obra se ejecutara en la via publica
resultando afectadas las calzadas en los sitios en donde se ubicaran las
camaras mencionadas anteriormente;
Que el trazado de Ia obra se ejecutara en el ambito
territorial delimitado por las siguientes avenidas: Avenida Las Heras, desde
Avenida Caseros hasta limite con la traza del ferrocarril; Avenida Lamadrid,
desde la traza del ferrocarril hasta Avenida Dardo Rocha;
Que, a su vez, Ia camara de inspeccion N° 1 se encontrara
emplazada en Avenida las Heras y calle Uspallata, Ia camara de inspeccion N°
2 en Avenida Lamadrid y calle Barreiro, la camara de inspecci6n N° 3 en
Avenida Lamadrid y calle Lavalle y la camara cuatrificadora en Avenida
Lamadrid y calle Ituzaingo;
Que la empresa solicitante informo las especificaciones
tecnicas relativas a Ia ejecucion de la obra;
Que el Departamento de Pavimentos y Desagues ha
tornado la intervencion que es de su competencia informando que existen
desagues pluviales en el sector en que se ejecutaran las obras;
Que resulta ajustado a derecho otorgar la factibilidad para
la ejecucion de la obra cuyo objetivo es la conexion entre la ampliacion de la
Planta Potabilizadora General Belgrano y una estacion de bombeo ubicada en
el partido de Lomas de Zamora; permitiendo la provision de agua potable a mss
de DOS MILLONES QUINIENTOS MIL (2.500.000) personas que aun no
cuentan con una red de este servicio;
Que se ha suscripto el Acta Acuerdo con fecha 13 de
agosto de 2020, en Ia cual se consensuan las recomposiciones de las calzadas

 afectadas por el desvio del transito producto de Ia ejecucion del "Pozo de
Arranque" ubicado en Avenida Lamadrid entre el Arroyo San Francisco y
Camino General Belgrano;
Que el presente Decreto se dicta en use de las atribuciones
conferidas por el articulo 107, 108 inc. 11 del Decreto-Ley N.° 6769/1958 (y
modificatorias vigentes);
Por todo lo expuesto;

LA INTENDENTA MUNICIPAL

DECRETA:

ARTICULO 1°: OTORGASE Ia factibilidad a Ia empresa CMC Di Ravenna —
Argentina Branch, CUIT N° 30-71542406-8, contratada por Aguas y
Saneamiento Argentina Sociedad Anonima (AySA SA), para Ia ejecucion de Ia
Obra denominada "Rio Subterraneo a Lomas" — Proyecto SA 853, en el Partido
de Quilmes.-
El trazado de Ia obra se ejecutara en el ambito territorial delimitado por las
siguientes avenidas: Avenida Las Heras, desde Avenida Caseros hasta limite
con Ia traza del ferrocarril; Avenida Lamadrid, desde la traza del ferrocarril hasta
Avenida Dardo Rocha.-
Las camaras se ubicaran de conformidad con el siguiente detalle: La camara de
inspeccion N° 1 en Avenida Las Heras y calle Uspallata, Ia camara de
inspeccion N° 2 en Avenida Lamadrid y calle Barreiro, Ia camara de inspeccion
N° 3 en Avenida Lamadrid y calle Lavalle y Ia camara cuatrificadora en Avenida
Lamadrid y calle Ituzaingo.-
ARTICULO 2°: DISPONESE que Ia factibilidad otorgada en el articulo anterior
no implica autorizacion para la ejecucion de Ia obra. Con la presentacion del
proyecto definitivo, se debera realizar una descripcion pormenorizada de las
afectaciones en acera y calzada.-
ARTICULO 3°: DISPONESE que debera abstenerse de efectuar roturas en los
pavimentos, salvo en aquellos casos en que fundamentos solidos requieran tal
medida en virtud de Ia ejecucion de la obra.-
ARTICULO 4°: DISPONESE que la Empresa debera notificar a los vecinos
frentistas del inicio de la obra con plazo no menor de DIEZ (10) Was habiles de
antelacion. -
ARTICULO 5°: DISPONESE que el presente tiene una vigencia de SEIS (6)
meses contados desde Ia suscripcion del mismo. Vencido dicho plazo sin que
se inicie Ia obra, se debera ratificar Ia solicitud de Ia factibilidad.-
ARTICULO 6°: DISPONESE que cuando se ejecuten trabajos en las redes
primaria y secundaria de rutas, dentro del partido de Quilmes, se debera
solicitar la pertinente autorizacion a Ia Direccion de Vialidad de Ia Provincia de
Buenos Aires. En el caso del cruce de arroyos se debera solicitar Ia
correspondiente autorizacion a Ia Direccion de Hidraulica y/o autoridad del Agua
de Ia Provincia de Buenos Aires. Ante Ia necesidad de producirse el cruce de
Was, debera solicitarse Ia autorizacion pertinente al organo competente.-
ARTICULO 7°: AUTORIZASE al Director de Obras de Terceros dependiente de
Ia Subsecretaria de Obras e Infraestructura de la Secretaria de Planificacion Urbana

y Obras Publicas del Municipio de Quilmes a suscribir el
correspondiente permiso de ejecucion de obra.-
ARTICULO 8°: DISPONESE que el presente Decreto sera refrendado por el Sr.
Jefe de Gabinete.-
ARTICULO 9°: COMUNIQUESE a quienes corresponda ese al Registro
General y ARCHIVESE.-

    

MAYRA S. MENDOZA                      LIC. ALEJANDRO E. GANDULFO                        Dr. CLAUDIO H. CARBONE

            Intendenta                                               Jefe de Gabinete                                     Secretario Legal y Técnico

MUNICIPALIDAD DE QUILMES              MUNICIPALIDAD DE QUILMES                     MUNICIPALIDAD DE QUILMES 

 

       Arq. CECILIA SOLER                                                       

    Secretaría de Desarrollo                                                    

     Urbano y Obra Pública                                                

 MUNICIPALIDAD DE QUILMES

 

DECRETO Nº 1862/2020