Boletines/Nueve de Julio
Decreto Nº 1600/20
Nueve de Julio, 10/12/2020
AMPLIACIÓN PRESUPUESTARIA.
Visto
Convenio entre la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia y la Municipalidad de 9 de Julio.
Depósito efectuado en la cuenta Nº 6478-50415/1 del Banco de la Provincia de Buenos Aires de $ 298.636,00 con fecha 13 de enero de 2020, y
Considerando
Que dicho convenio consiste en la implementación de un proyecto denominado “Mi casa, Mi hogar”, con el objeto de garantizar el equipamiento necesario para el Hogar de Ancianos Municipal Santo Domingo de Guzmán, logrando instalaciones adecuadas para el normal desempaño de las actividades para las personas mayores que allí habitan.
Que la Ley Orgánica Municipal en su Artículo 119º último párrafo, faculta al Departamento Ejecutivo a la ampliación del Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos vigente.
Por ello, el Intendente Municipal de 9 de Julio, en uso de sus atribuciones, DECRETA:
ARTÍCULO 1º: Increméntese el Cálculo de Recursos vigente en la suma de PESOS DOSCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS TREINTA Y SEIS ($ 298.636,00):
22.0.00.00 TRANSFERENCIAS DE CAPITAL
22.2.00.00 DE ADMINISTRACIÓN NACIONAL
22.2.01.00 DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL NACIONAL
22.2.01.17 SUBSIDIO NO REINTEGRABLE (EQ. HOGAR DE ANCIANOS)
Afectado Nacional – Fuente de Financiamiento 133
ARTÍCULO 2º: Increméntese el Presupuesto de Gastos vigente en la suma de PESOS DOSCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS TREINTA Y SEIS ($ 298.636,00):
AMPLIACIONES:
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Secretaría de Salud |
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Estructura Programática |
FF |
Imputación |
Importe |
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1110115000 |
41 |
01 |
00 |
133 |
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4 |
3 |
5 |
0 |
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28,115.00 |
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1110115000 |
41 |
01 |
00 |
133 |
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4 |
3 |
7 |
0 |
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270,521.00 |
ARTICULO 3º: Refrenda el presente Decreto el Señor Secretario de Administración y Hacienda.
ARTICULO 4º: Comuníquese a quienes corresponda y regístrese.