Boletines/General Belgrano
Ordenanza Nº 96/2020
General Belgrano, 29/12/2020
VISTO:
La propuesta efectuada por los hermanos Elena; Luisa del Rocío; María Luz y Francisco Morteo, y la documentación obrante en el expediente administrativo 4041-M-8619/15.-
CONSIDERANDO:
Que los hermanos Morteo, proponen ceder a favor de la Municipalidad de General Belgrano los derechos posesorios que detentan sobre los inmuebles identificados catastralmente como Circunscripción I, Sección F, Manzanas 41-A-H, 41-A-I, 41-A-J, 41-A-K, 41-A-M, 41-A-N, 41-A-U, 41-A-V, 41-A-W, 41-A-X y 41-A-Y de nuestra ciudad.-
Que dicha cesión la efectuará a los fines que la municipalidad proceda a la regularización dominial de dichas tierras mediante el procedimiento que establece la Ley 24.230 de prescripción adquisitiva administrativa.-
Que una vez incorporados los inmuebles al patrimonio municipal los solicitantes ofrecen la totalidad de los lotes correspondientes a las manzanas: 41AJ, 41AK, 41AW, 41AX y 41AY queden definitivamente en el dominio del Estado Municipal en tanto que el resto de los lotes serán transferidos a favor de los cedentes quedando bajo titularidad de María Luz Morteo, D.N.I 12.692.405 la totalidad de los lotes de las manzanas 41AH y 41 AI, de Elena Luisa Morteo D.N.I 6.541.645, la totalidad de los lotes de la manzana 41AM, de Luisa Del Rocío Morteo D.N.I 10.201.061, la totalidad de los lotes de las manzanas 41AU y 41AV y de Francisco Agustín Morteo D.N.I 10.703.078, la totalidad de los lotes de la manzana 41AN.--
Que a simple vista la operatoria propuesta beneficia ampliamente a ambas partes, ya que la Municipalidad de General Belgrano podrá incorporar una importante superficie de terrenos baldíos ya subdivididos en una zona de amplio crecimiento, mientras que por su parte los solicitantes podrán escriturar una superficie similar evitando los costos de iniciar un proceso judicial de usucapión.-
Que sumado a lo anteriormente expuesto debemos resaltar que la operación se realiza sin costo alguno para la Municipalidad y que la escrituración de los inmuebles se realizará con la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.-
Que de lo actuado en el cuerpo administrativo se desprende prima facie que se ha acreditado la posesión pública, pacífica e ininterrumpida de parte de los cedentes a los fines que el Sr. Intendente proceda al dictado del acto administrativo que declara operada la prescripción adquisitiva administrativa, estableciendo la cancelación de la inscripción dominial anterior para proceder a inscribir los inmuebles a favor de la Municipalidad.-
Que este Cuerpo no está ajeno a la problemática habitacional que existe en nuestra ciudad y la dificultad con que cuentan muchos particulares en acceder a un inmueble para construir su vivienda.-
Que el sistema de escrituración propuesto es altamente beneficioso para la comunidad toda, generando un interesante antecedente que se enmarca en un programa de políticas públicas llevadas a cabo por el gobierno municipal, tendientes a solucionar el problema habitacional de los belgranenses, tal como se estableciera en la Ordenanza N° 78/13 de creación del Banco de Tierras.-
Que conforme lo establece la Ley Orgánica de las Municipalidades, es facultad de este Cuerpo el autorizar la incorporación de inmuebles al patrimonio municipal, así como la cesión de los mismos a particulares.-
Por ello, y
Atento el despacho de las comisiones que fuera aprobado por unanimidad
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN USO DE LAS FACULTADES CONFERIDAS POR LA LEY ORGANICA DE LAS MUNICIPALIDADES, SANCIONA CON FUERZA DE:
ORDENANZA
Artículo 1º.- Autorizar al Departamento Ejecutivo a suscribir el convenio de Cesión de Derechos y Acciones Posesorias con los Sres. Francisco Morteo; María Luz Morteo; Luisa del Rocío Morteo; y Elena Morteo , obrante a fojas 244 del expediente administrativo N° 4041-M-8619/15, según el cual el mencionado cede los inmuebles identificados catastralmente como Circunscripción: 1 Sección: F Chacra: 41 Manzanas: 41AH, 41AI, 41AJ, 41AK, 41AM, 41AN 41AU, 41AV, 41AW, 41AX y 41AY a la Municipalidad de General Belgrano.-
Artículo 2º.- Autorizar al Departamento Ejecutivo a transferir al Sr. Francisco Morteo, los inmuebles identificados catastralmente como: Circunscripción: 1 Sección: F Chacra: 41 Manzana: 41AN Parcelas: 1,2,3,4,5,6,7,8.9,10,11,12, a la Sra. María Luz Morteo, los inmuebles identificados catastralmente como Circunscripción: 1 Sección: F Chacra: 41 Manzana: 41AH Parcelas: 1,2,3,4,5,6,7,8 y Circunscripción: 1 Sección: F Chacra: 41 Manzana: 41AI Parcelas: 1,2,3,4,5,6,7,8, a la Sra. Luisa del Rocío Morteo los inmuebles identificados catastralmente como Circunscripción: 1 Sección: F Chacra: 41 Manzana: 41AU Parcelas: 1,2,3,4,5,6,7,8,9,10,11,12,13,14,15,16,17,18,19,20,21,22,23,24 y Circunscripción: 1 Sección: F Chacra: 41 Manzana: 41AV Parcelas: 1,2,3,4,5,6,7,8,9,10,11,12,13,14,15,16,17,18,19,20,21,22,23,24 y a la Sra. Elena Morteo los inmuebles identificados catastralmente como: Circunscripción: 1 Sección: F Chacra: 41 Manzana: 41AM Parcelas: 1,2,3,4,5,6,7,8,9,10,11, titulares de dominio titulares de dominio Sres. Guillen José Luis M.I N°1.156.138, Guillen Fernando Aníbal C.I N°1.895.923, Guillen de Morteo María del Rocío, M.I N°342.274 y Guillen Horacio Enrique C.I 1.156.739, ello una vez que la totalidad de los inmuebles cedidos se encuentren escriturados a favor de la Municipalidad de General Belgrano mediante el trámite que establece la Ley 24.230, debiendo permanecer los restantes inmuebles en el patrimonio Municipal.-
Artículo 3º.- Establecer que la escrituración de los inmuebles cedidos se realizará con la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.-
Artículo 4°.- La autorización que se otorga mediante la presente Ordenanza es de carácter onerosa, atento el contenido de la documentación obrante en el expediente en tratamiento, dado que los Sres. Morteo ceden la totalidad de los derechos posesorios que ostenta sobre los inmuebles en cuestión y, para el caso de escriturarse mediante el régimen que establece la Ley 24.230, recibirá a cambio las parcelas descriptas en el artículo 2º del proyecto que sugiere modificar esta representación.-
ARTÍCULO 4º- Comuníquese al departamento Ejecutivo para su conocimiento y efectos.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTINUEVE DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DE DOS MIL VEINTE.