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Decreto Nº1934/20

Decreto Nº 1934/20

General Pueyrredon, 09/12/2020

Visto

el Decreto Provincial N° 644/2020, las Resoluciones N° 453/20 y Nº 580/2020 del Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica y la Resolución Conjunta N° 1/20 del Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica y del Ministerio de Hacienda y Finanzas de la Provincia de Buenos Aires, y el Decreto Municipal Nº 1829/2020; y

Considerando

Que de acuerdo al Decreto Provincial Nº 644/2020, se creó un “Fondo Especial Municipal para la Reactivación Cultural y Turística”, con el objetivo de contribuir financieramente a los Municipios en los gastos necesarios para brindar apoyo a las actividades culturales y turísticas afectadas por el COVID-19.

 

Que el citado Fondo se conformó con recursos de Rentas Generales de la Provincia, Aportes del Tesoro Nacional y/o cualquier otra fuente que al efecto determine el Ministerio de Hacienda y Finanzas, en virtud de lo establecido en el artículo 2º.

 

Que por la Resolución N° 453/2020 del Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica se creó el “Catálogo de Establecimientos Turísticos y Culturales de la Provincia de Buenos Aires” cuyo fin consiste en recabar la información necesaria para la creación de un mapa que permita visualizar la composición y distribución del entramado turístico - cultural bonaerense, y formular políticas adecuadas, en el marco de las emergencias productiva y sanitaria declaradas en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires, y de este modo asistir de manera eficiente a las problemáticas identificadas, con el objetivo de fomentar el mantenimiento y la generación de empleo.

 

Que la inscripción al citado Catálogo es requisito obligatorio para acceder a los beneficios establecidos en el artículo 1° del Decreto N° 644/2020.

 

Que por RESO-2020-580-GDEBA-MPCEITGP, ANEXO I, de fecha 25/09/2020, se aprobó la adhesión del Municipio de General Pueyrredon al “Fondo Especial Municipal para la Reactivación Cultural y Turística" y se determinan los montos de distribución en los valores y para los Municipios establecidos en su Anexo II.

 

Que para concretar el objeto del “Fondo Especial Municipal para la Reactivación Cultural y Turística”, el Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica, de la Provincia de Buenos Aires aportó a este Municipio la suma de PESOS SIETE MILLONES, CUATROCIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS VEINTINUEVE ($ 7.469.629.-) en concepto de aportes no reintegrables para los espacios culturales y establecimientos turísticos que se hayan inscriptos y resultaren validados en el Catálogo al 07/09/2020, inclusive.

 

Que para el caso particular del rubro TURISMO, los fondos disponibles se distribuirán de forma equitativa entre los espacios inscriptos y convalidados en el “Catálogo de Establecimientos Turísticos y Culturales de la Provincia de Buenos Aires”

 

Que la asistencia financiera será utilizada para la implementación de los protocolos sanitarios imperantes, el acondicionamiento de locales y espacios; y gastos generales destinados a la reapertura de las actividades turísticas (insumos, materiales, equipamiento, gastos de mantenimiento, etc.).

 

Que de acuerdo a lo informado a fs.47 a 50 del Expediente Nº 4630, Dígito 9, Año 2020, Cpo.1, Alc.1 surge que se han validado SETENTA Y UNO (71) establecimientos del rubro Turismo, para los cuales corresponde un monto de PESOS CUARENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y SIETE ($ 41.497.-) para ser otorgado como subsidio cumpliendo con la totalidad de la normativa exigida que, como ANEXO I, forma parte del presente Decreto.

 

Que tal lo determinado en el artículo 7 del Decreto Municipal Nº 1829/2020, se encuentran en reserva la suma de PESOS CUATRO MILLONES CIENTO OCHO MIL TRESCIENTOS SETENTA Y DOS ($ 4.108.372) para el Ente Municipal de Turismo, utilizándose en la primera etapa la suma PESOS DOS MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y SIETE ($ 2.946.287.-), y para la segunda etapa resérvese la suma de PESOS UN MILLÓN CIENTO SESENTA Y DOS MIL OCHENTA Y CINCO ($ 1.162.085.-).

 

Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias,

 

 

EL INTENDENTE MUNICIPAL

 

D E C R E T A

 

ARTÍCULO 1º.- Autorízase en una primera etapa, el pago de aportes no reintegrables a los prestadores turísticos que se detallan en el ANEXO I que forma parte integrante del presente Decreto y por un monto total de PESOS DOS MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y SIETE ($ 2.946.287.-).-

 

ARTÍCULO 2º.- El importe recibido por parte de los establecimientos beneficiarios deberá ser empleado en:

 

  • Gastos para el acondicionamiento de los locales y espacios a los requisitos establecidos en los protocolos sanitarios correspondientes a las actividades turísticas y culturales.

 

  • Gastos asociados a la reapertura de las actividades (compras de insumos, materiales, equipamiento, mantenimiento de los locales).

 

ARTÍCULO 3º.- Los espacios/establecimientos beneficiarios del aporte no reintegrable reciben dicho monto con cargo a rendirse, cuyo instructivo forma parte del presente como Anexo II.

 

ARTICULO 4°.- Resérvese para la segunda etapa, la suma de PESOS UN MILLÓN CIENTO SESENTA Y DOS MIL OCHENTA Y CINCO ($ 1.162.085.-), para aquellos establecimientos del rubro turismo que se encuentren aprobados y en etapa de validación.

 

ARTÍCULO 5º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Economía y Hacienda y el señor Presidente del Ente Municipal de Turismo.

 

ARTÍCULO 6º.- Regístrese, publíquese, comuníquese y a sus efectos intervenga la Secretaría de Economía y Hacienda – Contaduría Municipal, y el Ente Municipal de Turismo.

 

 

         BLANCO                      SCREMIN                       MONTENEGRO

 

ANEXO I

 

ESPACIOS/ESTABLECIMIENTOS DESTINATARIOS DEL "FONDO ESPECIAL MUNICIPAL PARA LA REACTIVACIÓN CULTURAL Y TURÍSTICA" - DECRETO 644/2020

 

ENTE MUNICIPAL DE TURISMO

 

 

 

NOMBRE COMERCIAL

PERSONA HUMANA O JURÍDICA

CUIT O CUIL DE PERSONA HUMANA JURÍDICA

MONTO

1

EXPOMAR

GRUPO EXPO SA

30-71084066-7

$ 41.497.-

2

AQUAFISH PESCA DEPORTIVA EMBARCADA

TARPONSRL

30-71022654-3

$ 41.497.-

3

BALNEARIO EL CABO

RAMIRO ALVAREZ

20-31958547-9

$ 41.497.-

4

BALNEARIO EL TAINO

PLAYAS DELVESUBIO SRL

30-70903030-9

$ 41.497.-

 

5

PARQUE AÉREO AEROPOLIS

ELAS SRL

30-68561943-8

$ 41.497.-

 

6

MDS – TREKKING Y AVENTURA

MDSMASDEPORTESALUD

20-27741361-3

$ 41.497.-

7

LA CASUALIDAD LABERINTO & JUEGOS

MELISSAMIRELMAN

23-93655786-4

$ 41.497.-

8

PARQUE ACUATICO AQUOPOLIS

ELAS SRL

30-68561943-8

$ 41.497.-

9

AQUARIUM

PLUNIMAR SA

30-62329112-6

$ 41.497.-

10

AQUASOL PARQUE ACUATICO

AQUASOL SA

30-63254720-2

$ 41.497.-

11

PIAZZA RISTORANTE

NORPIMA SRL

30-71622557-3

$ 41.497.-

12

HARDI CONFITERIA RESTAURANT

WESTFALIA SA

30712783407

$ 41.497.-

13

ADORADO BAR

Y TU QUIQUE SRL

30-71501007-7

$ 41.497.-

14

SAO

MB10 SAS

30-71585449-6

$ 41.497.-

15

MINIPEZ – ISLA SUSHI

PESCADERIA MINIPEZ SA

30-59248176-2

$ 41.497.-

16

CHICHILO

GRUPO GBS SA

30-70975542-7

$ 41.497.-

17

LA MARINA

SILVIA CRISTINA ROMERO

27-13614268-8

$ 41.497.-

18

LA82PARRILLA

FRANCISCO VENTURA

20-29359591-8

$ 41.497.-

19

ADORADO BAR

MG LOGISTICA SA

30-70779446-8

$ 41.497.-

20

DE GARAGE BAR

DG DE GARAGE SAS

30-71669341-0

$ 41.497.-

21

ADORADO BAR

JL PRODUCCIONES SA

30-71569332-8

$ 41.497.-

22

CERVECERÍA ANTARES

MILTON SA

30-70809715-9

$ 41.497.-

23

EL CENTOLLON

FILE FRES SA

30-60216087-0

$ 41.497.-

24

PARRILLA TRES SANTOS

FERRERO LUCAS

20-25257577-5

$ 41.497.-

25

ADORADO BAR

GASTRONOMIA GOLD FOOD SA

30-71493442-9

$ 41.497.-

26

HUIJA

MDQ JUSTEM SA

30-71024274-3

$ 41.497.-

27

GRIDO

SILVINA OLGA ESPINDOLA

27-28102556-8

$ 41.497.-

28

LA CABAÑA DEL BOSQUE

ALICIA SONIA DE FRANCISCO

27-05643034-8

$ 41.497.-

29

COSTA ATLANTICA TURISMO

CHL TUR SRL

30-70927172-1

$ 41.497.-

30

TIBALDI WAY

ARIEL GERMAN ABAJO

20-33955799-4

$ 41.497.-

31

MICE MDQ INCENTIVES

JORGE DANIEL GARELLI

20-13242639-3

$ 41.497.-

32

MEDIA CIUDAD VIAJES

MARTIN BERNARDO CANAVES GALARCE

20-28989096-4

$ 41.497.-

33

MUNDO UNLIMITED

MUNDO UNLIMITED SA

30-70994349-5

$ 41.497.-

34

CARBEL VIAJES Y TURISMO

CUETO MARIA BELEN ALVAREZ CAROLINA SH

30-70908450-6

$ 41.497.-

35

RALPH VIP

MATTEACCIO JOSEFA ANA

27-04984338-6

$ 41.497.-

36

HOTEL DELFIN

FERNANDEZ RUBEN FLOREAL

20-14067997-7

$ 41.497.-

37

KURUMAMELL CABAÑAS

MARIA DEL CARMEN CIRIGLIANO

27-12989915-3

$ 41.497.-

38

HOTEL CIELO AZUL

LANNI CRISTIAN

20-27262833-6

$ 41.497.-

39

GRAN HOTEL AMELIA

GRAN HOTEL AMELIA SRL

30-71103238-6

$ 41.497.-

40

HOTEL ABRUZZESE

LA SOCIETA ABRUZZESE SA

30-71322580-7

$ 41.497.-

41

OASIS

MOLINA JULIO CESAR

20-20005137-9

$ 41.497.-

42

HOTEL CARIBE

FREDES LUCAS FEDERICO

20-27829242-9

$ 41.497.-

43

HOTEL BALOO

PUTUE SA

30-71202760-2

$ 41.497.-

44

BELIAN HOTEL

SHOVEL LUMA SRL

30-71611756-8

$ 41.497.-

45

HOTEL DALLAS CENTER

PERI JUAN CARLOS

20-13653310-0

$ 41.497.-

46

HOTEL CINALLI

ELIZABETH GISELA SABARTES

27-20428706-1

$ 41.497.-

47

DEL MAR HOTEL

NATALIA ANDREA KODYSZ

27-25006535-9

$ 41.497.-

48

HOTEL ANTRANIK

BODORIQUIAN JORGE RICARDO

20-08615031-0

$ 41.497.-

49

HOTEL AATRAC (ARGENTINA LIBERADA)

ASOCIACION ARGENTINA DE TRABAJADORES DE LAS COMUNICACIONES

30-52798067-0

$ 41.497.-

50

HOTEL COSTA GALANA

RED HOTELERA IBEROAMERICA SA

30-62653897-1

$ 41.497.-

51

HOTEL IRUÑA – PRESIDENTE

IRUNA SCA

30-51817156-5

$ 41.497.-

52

ABRA MARINA HOTEL

FLAVIO PINALI

20-11601324-0

$ 41.497.-

53

HOTEL DENVER

CASOL SRL

30-70154746-9

$ 41.497.-

54

HOTEL SIRENUSE

MARIA DEL ROSARIO RUSSO

27-14020992-4

$ 41.497.-

55

HOTEL FOEVA

HOTEL FOEVA

33-66167327-9

$ 41.497.-

56

HOTEL NEPTUNO

HOTELERA NEPTUNO MDP SA

30-71150985-9

$ 41.497.-

57

COMPLEJO EL GRIEGO

ELAS SRL

30-68561943-8

$ 41.497.-

58

HOTEL BOLOGNA

LETTINICH COMPANY SRL

33-71017795-9

$ 41.497.-

59

NUEVO HORIZONTE

BLAUGRANA EVENTOS SRL

30-71243470-4

$ 41.497.-

60

HOTEL CAVOUR

MONFORTE JORGE TOMAS

20-18139901-6

$ 41.497.-

61

IL ALBERGO DEI TRE RE

MARIETTA VIVIANA NILDA

27-10456996-5

$ 41.497.-

62

HOTEL MESSINA

PALOMBA SALVADOR

23-14671541-9

$ 41.497.-

63

ZEPPELIN ART HOSTEL

ESPOSITO FEDERICO

20-33646258-5

$ 41.497.-

64

HOSTEL EL REFUGIO

DIEGO MARTIN MASELLI

23-30682122-9

$ 41.497.-

65

HOTEL PUNTA DEL ESTE

MAR DEL ESTE

30-71431412-9

$ 41.497.-

66

HOTEL RIVIERA

OPERADORA RIVENDELL SA

30-70957745-6

$ 41.497.-

67

RCT CLUB VACACIONAL & SPA

RESIDENCIAS COOPERATIVAS DE TURISMO COOP. DE SERVICIOS TURISTICOS LTDA

30-57566090-4

$ 41.497.-

68

HOTEL LUCKY HOME

GIUSEPPE DE ANGELIS

20-93525786-8

$ 41.497.-

69

HOTEL SPA REPUBLICA

FERENTINO SA

30-71449440-2

$ 41.497.-

70

HOTEL BOLIVAR

ALBERTO CAPARRA

20-11447923-4

$ 41.497.-

71

ESCUELA ARGENTINA DE MARCHA NORDICA

GUSTAVO MARTIN IRIART

20-23224745-3

$ 41.497.-

 

A N E X O  II

 

INSTRUCTIVO PARA RENDIR CUENTAS DE SUBSIDIO

 

           

Los Beneficiarios que perciban fondos con cargo a rendir cuentas en los términos del Decreto Provincial Nº 644/2020 y en el marco del presente Decreto deben ajustarse a las siguientes pautas:

  1. Deberán presentar nota dirigida al Señor Intendente Municipal en la que se consigne: Número de Decreto por el que se ha percibido el subsidio, nombre y apellido, DNI, N° de CUIT, domicilio (Cuyo Modelo se adjunta)..
  2. Adjuntar en original y dos copias de los comprobantes de gastos efectuados, avalados con la firma del titular del beneficio.
  3. Los comprobantes adjuntados (punto 3) deberán ser emitidos a nombre del titular del beneficio y conformes a las normativas impositivas vigentes. Deberán contener siempre una descripción detallada de la compra y ser legibles.
  4. Deberán presentarse dentro de los noventa (90) días de la fecha en que se efectivizó la entrega de fondos.
  5. Los fondos no invertidos deberán ser reintegrados al Municipio.
  6. Los fondos no invertidos ya sean en forma parcial o total, que no sean reintegrados en dicho plazo noventa (90) días deberán actualizarse en base al Índice de Precios Mayorista no Agropecuario, publicado por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos, sin perjuicio de las acciones civiles y/o penales que pudieran corresponder.

 

 

 

 

 

 

 

MODELO de NOTA

 

Mar del Plata, ….… de ……………… de 2020

 

 

Señor Intendente Municipal

Don………………………………

S                        /                      D

 

 

                                      Ref.: Decreto Nº ………/2020 – Rendición de cuentas

 

Quien suscribe, en mi carácter de titular del beneficio establecido en el Decreto Nº …….……../2020, con domicilio constituido en …………………………………………………….……., de la localidad de Mar del Plata, Provincia de Buenos Aires y Nº de CUIT………………………,manifiesto que he recibido los fondos otorgados por el mencionado Decreto Municipal, para ser aplicados a efectuar gastos que se exponen seguidamente:

 

Suma otorgada:                                      $    ………………………

Inversión documentada:                       $ (…………………………) Según detalle en cuadro adjunto.

Monto a reintegrar                                 $   ………………………

Detalle de inversión documentada:

ITEM

FACTURA Nº

FECHA

PROVEEDOR

DETALLE

IMPORTE

1

 

 

 

 

 

2

 

 

 

 

 

3

 

 

 

 

 

 

Firma:  ……………………………………..      Aclaración:  ……………………………