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Decreto Nº1660

Decreto Nº 1660

Lujan, 15/11/2020

LA ORDENANZA Nº7.417 EL DECRETO Nº999 / 2020 Y SU ANEXO I  YCONSIDERANDO:

Visto

 la Ordenanza Nº7.417; el Decreto Nº999 / 2020 y su Anexo I; y

Considerando

  Que, la Ordenanza Nº 7.417 crea el Consejo Urbanístico Ambiental y el Registro de Miembros del Consejo Urbanístico ámbito del Departamento Deliberativo de la Municipalidad de Luján.
               Que, la Ordenanza Nº 7.417 en su Anexo I en su  punto 1. Objeto determina que: "El objetivo general es promover el Derecho a la Vivienda y a la Ciudad, la Función Social de la Propiedad y la Gestión Democrática de la Ciudad, y el reparto equitativo de cargas y beneficios de los procesos de desarrollo urbano, de conformidad con la Ley Provincial Nº14.449/13 de Acceso Justo al Hábitat creando un espacio de evaluación, análisis y debate organizado y permanente de cuestiones urbanísticas y ambientales que permita construir consensos sobre el uso y administración del suelo, y la gestión ambiental en el territorio del Partido de Luján, en consonancia con la Ley General del Ambiente Nº 25.675."
              Que, la Ordenanza Nº 7.417 en su Anexo I, en su punto 4 determina la conformación del Consejo Urbanístico Ambiental.
              Que, la Ordenanza Nº7.417 en su Anexo en su punto 4.1, establece que tres (3) integrantes corresponde al Departamento Ejecutivo Municipal.
              Que, la Ordenanza Nº7.417 en su Anexo I en su punto 4.1 determina que la composición de los integrantes del Departamento Ejecutivo Municipal, será: "un/a (1) integrante por la Secretaría de Servicios Públicos, Obras e Infraestructura, un/a (1) integrante por la Secretaría de Desarrollo Humano, un/a (1) integrante por la Dirección de Ambiente, o aquellas que asuman sus áreas de incumbencia actuales."
              Que, de tal modo, corresponde al Intendente la designación de los funcionarios y/o las funcionarias en representación del Departamento Ejecutivo. 
              Que, el presente se dicta en virtud de las atribuciones derivadas del artículo 107, 108 inciso 3° y concordantes del Decreto Ley N° 6.769/58 y sus modificatorias; y de la Ordenanza N° 7.417.
 

Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A

Artículo 1º.- Desígnase como representantes del Departamento Ejecutivo en    ------------- el Consejo Urbanístico Ambiental al Director de Gestión Ambiental Dr. Braian Demis Vega, D.N.I N° 35.855.704, a la Subdirectora de Discapacidad Lic. Analía Carina Suárez Sartori, D.N.I N° 27.818.243 y al Director de Hábitat Arq. Nicolás Miguel Dolinsky, D.N.I N° 30.835.467.----- 
Artículo 2°.- Déjase constancia que los representantes designados para     ------------- integrar el Consejo Urbanístico Ambiental no recibirán retribución alguna por dicha función.-----------------------------------
Artículo 3°.- Regístrese, tomen conocimiento quienes correspondan,     -------------- publíquese y archívese.----------------------------------
D E C R E T O N°1660.-