Boletines/Tandil

Decreto Nº2555/2020

Decreto Nº 2555/2020

Tandil, 04/12/2020

Visto

Que concluida la subasta del día 14 de Diciembre de 2019, quedaron sin enajenar vehiculos municipales fuera de servicio y demás chatarra y/o rezagos, los cuales permanecen depositados en el predio municipal de Ruta nº226 y calle Ameghino (ex Buxton) donde funciona la Dirección General de Higiene y Servicios Urbanos, y la Dirección de Espacios Verdes Públicos, no permitiendo el adecuado mantenimiento y limpieza del predio, y

Considerando

Que la Ordenanza n°16459 del H.C.D autoriza al Departamento Ejecutivo a proceder a la venta, mediante la modalidad establecida en el Articulo n°159 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, previa tasación del Centro de Martilleros de Tandil, a los bienes declarados fuera de uso en el Decreto n°2102/16, Decreto n°3520/18 y Decreto n°3860/18.

Que la Ordenanza n°16504 del H.C.D autoriza al Departamento Ejecutivo a proceder a la venta, mediante la modalidad establecida en el Articulo n°159 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, previa tasación del Centro de Martilleros de Tandil, a los bienes identificados como Chasis RKN340; vehículo dominio STU408 y vehículo dominio VZS170.

Que el Decreto n°4877/2019 aprueba la subasta de los bienes efectuada en cumplimiento de lo dispuesto por las Ordenanzas n°16459 y n°16504, y lo dispuesto por el Decreto n°4454/19.

Que el Decreto n°200/2020 autorizó a la venta directa, con plazo al 28 de febrero del año 2020 para firmar boleto de compraventa para los vehículos dominio WWT526 y ASK949, respetando las bases establecidas en la subasta.

Que el Decreto n°535/2020 autorizó la venta directa, con plazo al 28 de febrero del año 2020 para firmar boleto de compraventa para los vehiculos dominio ASK950 y ASK952, respetando las bases establecidas en la subasta.

Que en nota de rendición del Centro de Martilleros, agregada a fs.122, informan que fue una subasta normal en cuanto a su desarrollo y entienden que los lotes que no tuvieron oferentes se deberían ofrecer sin base mediante algún mecanismo que el municipio considere, porque los lotes son totalmente en desuso difíciles de transportar con el costo que ello conlleva a los compradores.

Que los vehiculos que quedaron sin vender en la subasta realizada el día 14 de Diciembre de 2019, son:

1. Dominio XFK219, id. Pat. 2282

2. Dominio STU408, id. Pat.

3. Dominio TJD709, id. Pat.4922

4. Dominio RKN340, id. Pat. 614

5. Dominio WNY065, id. Pat. 2104

6. Dominio 372BSQ, id. Pat. 2054

7. Dominio 462BSQ, id. Pat. 2058

8. Dominio VZS170, id. Pat. 2044

9. Dominio BTH773, id. Pat. 2534

10. Caja compactadora marca Scorza

11. Caja compactadora Bicupiro

Que el artículo 159° de la Ley Orgánica Municipal determina que podrá convenirse la venta directa cuando, la operación no exceda de pesos ciento cuarenta y un mil cuarenta $141.040.- (Res.n°478/2020 - Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires) o cuando el remate resultase desierto o no se presentaren ofertas válidas admisibles o convenientes.

Que la tasación del Centro de Martilleros de Tandil de fecha 30 de noviembre 2020, determina que los bienes muebles remanentes de la subasta realizada el 24 de Diciembre de 2019 tienen un valor de venta estimado de pesos CIENTO DIEZ MIL ($110.000.-) en block.

Que consecuentemente, la Dirección de Patrimonio ha procedido a solicitar y recibir propuestas de los principales comerciantes del rubro que pudieran resultar interesados en su adquisición.

Que la empresa Santomauro S.R.L ofrece adquirir todo el lote y por todo concepto la suma de pesos ciento quince mil ($115.000.-), oferta superior a la recibida de Deposito El Cholo S.A ($80.000.-) y del Sr. Germán González Dresh ($100.000.-).

Que el informe de la Dirección de Compras y Suministros sugiere que revisada la documental se debe continuar con el proceso de enajenación iniciado.

Por todo ello, en uso de sus facultades

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL

DECRETA

Artículo 1º- Autorícese a vender en forma directa a Santomauro S.R.L por un valor final de pesos ciento quince mil ($115.000.-) los siguientes bienes:

1. Dominio XFK219, id. Pat. 2282

2. Dominio STU408, id. Pat.

3. Dominio TJD709, id. Pat.4922

4. Dominio RKN340, id. Pat. 614

5. Dominio WNY065, id. Pat. 2104

6. Dominio 372BSQ, id. Pat. 2054

7. Dominio 462BSQ, id. Pat. 2058

8. Dominio VZS170, id. Pat. 2044

9. Dominio BTH773, id. Pat. 2534

10. Caja compactadora marca Scorza

11. Caja compactadora Bicupiro

Artículo 2º - Autorizase a la Dirección de Patrimonio a gestionar en el Registro Automotor la baja definitiva que correspondan. Por lo que como única documentación se entregará al comprador copia del boleto de compraventa y comprobante de pago.

Artículo 3º - La empresa Santomauro S.R.L deberá cancelar la totalidad del precio de venta en un solo pago mediante transferencia bancaria o en efectivo por Tesorería Municipal.

Artículo 4º - El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Legal y Técnica.

Regístrese, comuníquese, dese al Boletín Municipal y archívese. Tomen conocimiento Secretaría de Economía y Administración, Contaduría General, Tesorería, Dirección de Compras y Suministros, Secretaria Legal y Técnica, Dirección de Asuntos Legales, Dirección de Patrimonio, y oportunamente archívese.

Firma Digital: Andres Curcio (Secretario)      -   Miguel Ángel Lunghi (Intendente)

            Secretaria Legal y Tecnica                -                     Intendencia