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Decreto Nº1432/17

Decreto Nº 1432/17

Chacabuco, 25/10/2017

DEJANDO SIN EFECTO DECRETO Nº 1.280/17.-

Visto

las presentes actuaciones en el expediente nro. 4029-3807/17, mediante las cuales tramita el llamado a Concurso de Precios para la contratación de un retroexcavadora para la limpieza del canal del Barrio Matadero, Y

Considerando

Que en oportunidad de la elaboración del contrato, se advierte que los oferentes que se han presentado (Guigivan SRL y Andrés Rosso), son las mismas personas;

 Que en efecto, en primer término se observa que ambos oferentes denuncian el mismo domicilio real, sito en calle Alberdi Nº 8 de esta ciudad Chacabuco, lo cual surge de las fichas de proveedores obrantes a fs. 23 y fs. 39;

 Que, al comunicarse la Asesoría con la empresa Guigivan SRL, a fin de que proporcionen los datos del representante de la firma para la suscripción del contrato, informan los datos de Andrés Rosso, en calidad de Socio Gerente de la misma;

 Que, frente a ello, se procedió a requerir a la Oficina de Compras el Legajo de Proveedor la firma Guigivan SRL  con fecha 29 de enero de 2016 bajo el número 3324;

 Que, examinada la documentación, surge categóricamente, que efectivamente resulta ser Socio Gerente el Señor Andrés Rosso, según contrato social, inscripto el 06/08/15 ante D.P.P.J., según

 Resolución Nº 5366, dictada en el marco del expediente nro. 21209-112838/15,

 Que, ello no fue observado por la Asesoría Letrada al momento de efectuar su dictamen de fs. 55;

Que, ante tal circunstancias debe tomarse las ofertas como venidas de un único  oferente;

Que, por todo lo expuesto se debe dejar sin efecto el Decreto de Adjudicación Nº 1.280/17 y elevar los presentes actuados al Honorable Concejo Deliberante, conforme art. 155º de la LOM; 

Por ello,

 

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE CHACABUCO

 

D E C R E T A:

ARTICULO 1º: Dejar sin efecto el Decreto Nº 1.280/17, por lo expuesto en los vistos y considerando del presente.-

 

ARTICULO 2º: El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno de la comuna.- 

 

ARTICULO 3º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y archívese.-