Boletines/Chascomús

Resolución Nº220/20

Resolución Nº 220/20

Chascomús, 24/11/2020

Visto

El Expediente Administrativo Nº 4030-150326/C caratulado “Solicitud de autorización para cremación de restos. Sepultura E 1/1283” iniciado por CORREA Paula Palmira; y

Considerando

Que a fs. 1 la Sra. Paula Palmira Correa, DNI Nº F2.151.056, solicita  retirar los restos de quien en vida fuera su esposo: AMARAL FERRER Pedro (fallecido el 19.10.1983) y de su nieto: AMARAL Javier Andrés (fallecido el 15.09.2000); ambos inhumados en una sepultura identificada como: SEPULT-D-V-1488-1283-0; Cta. 1/1283 para proceder a su cremación, manifestando asimismo, que el espacio quedará sin ocupantes y a disposición de la administración municipal para nuevo arrendamiento.

Que el espacio mencionado, posee como contribuyente a la peticionante, adjuntándose a las presentes actuaciones, certificado que constata que la sepultura no posee deuda en concepto de tasas municipales.

Que en la misma nota, el Sr. Julio Pedro Amaral –hijo de la Sra. Correa-manifiesta su conformidad para retirar los restos de quien en vida fuera su hijo y proceder a su cremación.

Que con la documentación agregada a fs. 5/6 y 8/9 se acreditan los vínculos invocados.

Por ello, el Señor Secretario de Hacienda (Juan Facundo Alfonsín), en uso de sus atribuciones.

RESUELVE

ARTICULO 1º.- Autorícese el retiro de los restos de quienes en vida fueran: AMARAL FERRER Pedro (fallecido el 19.10.1983) y AMARAL Javier Andrés (fallecido el 15.09.2000) inhumados en una sepultura identificada como: SEPULT-D-V1488-1283-0; Cta. 1/1283 –quedando esta sin ocupantes y a disposición de la administración municipal para nuevo arrendamiento- para proceder a su cremación; debiendo cumplimentarse con el procedimiento correspondiente que será indicado por la Dirección del Cementerio.-

ARTÍCULO 2º.- Notifíquese en forma digital a la Dirección de Ingresos  Públicos,  Cementerio, y peticionante.-

ARTÍCULO 3º.- Cúmplase,  publíquese,  dese  al  Registro  Municipal  y archívese.-