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Ordenanza Nº5500/20

Ordenanza Nº 5500/20

Chascomús, 12/11/2020

VISTO:

La pavimentación de calle Grito de Dolores en el Marco del Plan Integral de Pavimentación; y 

CONSIDERANDO:

Que es necesario analizar y establecer la estructura de movimientos circulatorios con una visión integral, teniendo en cuenta características físicas y geométricas de las vías de circulación.-

Que conjuntamente con la circulación de vehículos, deben ponderarse los espacios para estacionamiento en la vía pública, sin perjuicio de la oferta de espacios para con ese destino y de las reglamentaciones y exigencias de las normas específicas vigentes o futuras.-

Que el crecimiento demográfico, las nuevas construcciones edilicias (comercios, oficinas, otras) y las obras publicas impactan en el ordenamiento estratégico vigente, interpelando criterios tomados con anterioridad, generando la necesidad de actualizar la normativa vigente.-

Que la calle Grito de Dolores se pavimentó desde Garay hasta la Av. Raúl Alfonsín, en el marco del Plan Integral de Pavimentación Municipal, siendo una calle con doble circulación, aumentando su tránsito habitual y generando la necesidad de repensar el estacionamiento permitido en la misma.-

Que se viene trabajando e implementando por sectores el plan maestro de seguridad vial en el que se contempla el sentido único de circulación en las calles pavimentadas.-

Que de todas maneras debemos ponderar estas situaciones hasta tanto se resuelva definitivamente el sentido de circulación.-

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante de Chascomús sanciona la siguiente.

ORDENANZA

ARTICULO 1º.- Autorícese al DE a establecer la prohibición de estacionamiento en calle Grito de Dolores entre Av. Alfonsín y Garay sobre mano este, y entre Marín y Garay mano oeste.-

ARTICULO 2°.- Autorícese al DE a delimitar zona de estacionamiento en calle Grito de Dolores entre Av. Alfonsín y Marín mano oeste.-

ARTICULO 3°.- De forma.-