Boletines/Chascomús
Decreto Nº 611/20
Chascomús, 05/11/2020
DESIGNACIONES
Visto
Los decretos 530/2020 y 571/2020 que establecen los pases a planta permanente para el año 2020; y
Considerando
Que ante el planteo de las organizaciones sindicales de revisar las evaluaciones de los agentes que habían sido rechazados de los pases a planta del presente período, se procedió a re evaluar los casos de algunos agentes;
Que se realizó una revisión por parte de los Secretarios y Secretarias y se evaluó satisfactoriamente a 4 agentes;
Que dichas evaluaciones realizadas por superiores jerárquicos, consisten en medir laboriosidad, iniciativa, cumplimiento de los objetivos, predisposición para la tarea, responsabilidad, compañerismo, relación con el público, cumplimiento de las normas, así como inasistencias y sanciones disciplinarias.
Que tal como se acordó, aquellos agentes ingresados en los años 2017 y 2018 que posean una evaluación satisfactoria serán incorporados a la planta permanente municipal.
Que una vez resueltas las nuevas incorporaciones se comunicó a las entidades gremiales el resultado de las mismas.
Que también se solicitó se incorpore al listado de agentes mensualizados a Seminarotti, Florencia Micaela, Legajo N° 10097.
Que es necesario confeccionar acto administrativo.
Por ello, el Señor Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones
DECRETA
ARTICULO 1º.- Desígnese en planta permanente a partir del 1/9/2020 a los agentes que se indican a continuación:
BELL, MARÍA ANDREA, SERVICIOS IX a CAT 2, Legajo N° 9920;
ROCHA, ALICIA SERVICIOS IX a CAT 2, Legajo N° 7598; y
ROMERO, CESAR, OBRERO X b CAT 2, Legajo N° 10174.-
ARTICULO 2º.- Incorpórese como Mensualizada a la agente SEMINAROTTI, FLORENCIA MICAELA Legajo N° 10097 – en la categoría Técnico VII a Categoría 2.-
ARTICULO 3º.- El gasto que demande el cumplimiento del artículo 1° impútese a la partida presupuestaria que corresponda.-
ARTICULO 4º.- Notifíquese en forma digital a Secretaría Privada, Capital Humano, Liquidaciones, Sindicatos y Contaduría.-
ARTICULO 5º.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno (Cipriano Pérez del Cerro) y el Señor Secretario de Hacienda (Juan Facundo Alfonsín).-
ARTICULO 6º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-