Boletines/Chascomús

Decreto Nº602/20

Decreto Nº 602/20

Chascomús, 02/11/2020

BAJA POR JUBILACIÓN

Visto

El cumplimiento de las condiciones para el inicio del trámite de Jubilación por parte de la agente DELLAVEDOVA, Nilda Graciela, D.N.I Nº 13.934.969; y

Considerando

Que la agente se desempeña en el Hospital Municipal San Vicente de Paul.

Que se acogerá a los beneficios de la Jubilación Ordinaria.

Que corresponde proceder a dar la baja de la agente a partir del 30 de Noviembre de 2020.

Que conforme lo dispuesto por el art. 72 inc. f) de la Ley 14.656 se le abonará Anticipo Jubilatorio como adelanto de su jubilación, de la que será deducida al liquidarse ésta última.

Que asimismo corresponde abonarle retribución especial por haber prestado servicios por más de 30 años.

Por ello, el Señor Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones

DECRETA

ARTICULO 1º.- Dese de baja a la agente DELLAVEDOVA Nilda Graciela,  D.N.I Nº 13.934.969 a partir del 30/11/2020 quien se acogerá a los beneficios de la Jubilación Ordinaria.-

ARTICULO 2º.- Abónese Anticipo Jubilatorio de PESOS CINCUENTA Y UN MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO CON 35/100 ($51.254,35) a partir del 01/12/2020, importes que serán descontados al liquidarse su jubilación; y retribución especial por haber prestado servicios por más de 30 años de PESOS DOSCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL CIENTO OCHOENTA Y SIETE CON 02/100 ($294.187,02).-

ARTICULO 3º.- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto impútese a la Jurisdicción 1110116000, Categoría Programática 62.01.00, Partida de Gasto 6.2.1.1, Anticipo jubilatorio; y Jurisdicción 1110116000, Categoría Programática 62.01.00, Partida de gasto 1.6.0.0 Retribución Especial.-

ARTICULO 4º.- Notifíquese en formato digital a Secretaría Privada, Contaduría, Dirección de Capital Humano, Hospital Municipal San Vicente de Paul, Liquidaciones, Oficina de Jubilaciones, Tesorería y agente.-

ARTICULO 5º.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno (Cipriano Pérez del Cerro) y el Señor Secretario de Hacienda (Juan Facundo Alfonsín).-

ARTICULO 6º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-