Boletines/Lobos
Decreto Nº 696/20
Publicado en versión extractada
Lobos, 01/10/2020
Lobos, 1° de octubre de 2020
VISTO:
El Decreto Provincial 644/2020 donde obra el FONDO ESPECIAL PARA LA REACTIVACIÓN CULTURAL Y TURÍSTICA; y
CONSIDERANDO:
Que el Municipio de Lobos, suscribe al FONDO ESPECIAL PARA LA REACTIVACIÓN CULTURAL Y TURÍSTICA, impulsado por el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires:
Que el Decreto N° 644/2020 protocolizó el Convenio ut supra mencionado;
Que el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, pone a disposición de los Municipios el FONDO ESPECIAL PARA LA REACTIVACIÓN CULTURAL Y TURÍSTICA que será destinado para asistir a los establecimientos turísticos y culturales afectados por la Pandemia.
Que el FONDO ESPECIAL PARA LA REACTIVACIÓN CULTURAL Y TURÍSTICA tiene como objetivo asignar fondos a cada municipio, para que éstos, los distribuyan en Establecimientos y Espacios del Turismo y la Cultura, incluidos en el Catálogo Turístico y Cultural, impulsado por el gobierno provincial.
Que el FONDO ESPECIAL PARA LA REACTIVACIÓN CULTURAL Y TURÍSTICA se asignará a los establecimientos que el municipio decida, para ser utilizados en: Gastos de adecuación a las nuevas condiciones sanitarias y para la reapertura de los espacios (mantenimiento, equipamiento, insumos).
Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones
D E C R E T A
Artículo 1°: Serán otorgados los fondos a los establecimientos que habiendo estado inscriptos en el Catálogo Turístico y Cultural, presenten ante la Dirección de Turismo o Cultura –según corresponda su espacio- propuesta y presupuesto de la adecuación para la reapertura de los espacios; y en función a los fondos otorgados por el Gobierno Provincial a este municipio, siendo el total de $1.682.003.- (pesos un millón seiscientos ochenta y dos mil tres).
Artículo 2°: El Municipio de Lobos, evaluará cada propuesta, pudiendo otorgar la totalidad de lo presupuestado o un porcentaje, teniendo en cuenta la/s obra/s a realizar, siendo principal objetivo la adecuación sanitaria del establecimiento.
Artículo 3°: Otorgar el FONDO ESPECIAL MUNICIPAL PARA LA REACTIVACIÓN CULTURAL Y TURÍSTICA a los beneficiarios que cumplan con los requisitos del Anexo I que forma parte integrante del presente.
ARTICULO 4º: Comuníquese, publíquese, dése al Registro Municipal y archívese.-
DECRETO Nº: 696/2020
Roberto C. Di Tomaso Ing. Jorge O. Etcheverry
Secretario de Hacienda y Producción Intendente Municipal
Municipalidad de Lobos Municipalidad de Lobos
ANEXO I
FONDO MUNICIPAL PARA LA REACTIVACIÓN DEL TURISMO Y LA CULTURA
MUNICIPIO DE LOBOS
Siguiendo las indicaciones del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, el Municipio de Lobos, reglamenta el sistema por el cual otorgará el Fondo Especial Municipal para la Reactivación Cultural y Turística:
c) Presentación de una Propuesta o Proyecto para el uso del Fondo, donde se deberá especificar:
1) Establecimiento
2) Descripción del Proyecto
3) Al menos 2 presupuestos de la inversión.
(El formulario deben completarlo de manera Online en https://forms.gle/ZrkQYnSWyrz9pH7L7)