Boletines/Chivilcoy

Ordenanza Nº9847

Ordenanza Nº 9847

Chivilcoy, 26/11/2020

ORDENANZA

Artículo 1°: El Departamento Ejecutivo a través del área que  corresponda procederá a ejecutar -previa realización de un estudio y proyecto de obra- las modificaciones y/o ampliaciones que resulten necesarias, para la construcción y equipamiento de una Sala de Primeros Auxilios, dentro de las instalaciones del Corralón Municipal.

Artículo 2°: Los gastos que demande la implementación de la presente ordenanza serán imputados a las partidas presupuestarias de las Secretaria de Obras Publicas y/o Secretaria de Salud, según correspondan.

Artículo 3°: Capacitese al personal de todas las áreas que allí se desempeñan en primeros auxilios .

Artículo 4°: Comuníquese, publíquese y archívese.