Boletines/Chivilcoy
Ordenanza Nº 9847
Chivilcoy, 26/11/2020
ORDENANZA
Artículo 1°: El Departamento Ejecutivo a través del área que corresponda procederá a ejecutar -previa realización de un estudio y proyecto de obra- las modificaciones y/o ampliaciones que resulten necesarias, para la construcción y equipamiento de una Sala de Primeros Auxilios, dentro de las instalaciones del Corralón Municipal.
Artículo 2°: Los gastos que demande la implementación de la presente ordenanza serán imputados a las partidas presupuestarias de las Secretaria de Obras Publicas y/o Secretaria de Salud, según correspondan.
Artículo 3°: Capacitese al personal de todas las áreas que allí se desempeñan en primeros auxilios .
Artículo 4°: Comuníquese, publíquese y archívese.