Boletines/Chivilcoy
Decreto Nº 1436
Chivilcoy, 12/11/2020
Subsidio
Visto
la solicitud del Secretario de Gobierno de la Municipalidad de Chivilcoy, mediante Expediente 4031-220990/20 por el cual requiere se otorgue un aporte económico de emergencia no reintegrable, establecido mediante Ordenanza N° 9738/2020, mientras dure la medida de aislamiento social, preventivo y obligatorio de $ 30.000 (pesos treinta mil) a dueños de salones de fiestas infantiles y canchas de futbol, y
Considerando
el informe de la Oficina de Presupuesto dependiente de la Secretaria de Hacienda.
El intendente municipal, en uso de sus atribuciones, decreta
Artículo 1º: Dispónese la suma de $30.000 (pesos treinta mil) como aporte económico de emergencia no reintegrable, establecido mediante Ordenanza N° 9738/2020, a JULIO FERNANDO BRITOS, DNI: 18.349.913, (Razón Social: Reconquista). –
Artículo 2º: Dicha suma será imputada a la Partida Presupuestaria: 1110102000- Secretaria de Gobierno, 01.00.00 – Diseño y Coordinación de Políticas a Ejecutar por las Distintas Direcciones, 5190- Transferencias a Empresas Privadas, 110 – Tesoro Municipal. -
Artículo 3º: Comuníquese, publíquese, tome nota quien corresponda dése al R.O., cumplido archívese. –