Boletines/Chivilcoy
Decreto Nº 1419
Chivilcoy, 10/11/2020
Incompetencia
Visto
, que la Dirección de Pavimento no cuenta actualmente con los camiones volcadores necesarios para realizar traslados de tierra para las obras de cordón cuneta, y
Considerando
que es necesario contar con los mismos para la tarea mencionada, y
Que se debe proceder a la contratación de camión volcador con provisión de seguros, service y chofer, y
De acuerdo a las disposiciones del Articulo N° 148 de la Ley Orgánica de las Municipalidades.
El intendente municipal, en uso de sus atribuciones, decreta
Artículo 1º: Dispónese la contratación fuera de la estructura administrativa de un camión volcador incluyendo chofer, seguro y service para la realización de traslados de tierra desde las obras de cordón cuneta designadas por el Director de Pavimento hacia el Corralón Municipal de estar ciudad, de acuerdo a las disposiciones del Articulo N° 148 de la Ley Orgánica de las Municipalidades. -
Artículo 2º: Comuníquese, publíquese, tome nota quien corresponda, dése al R.O., archívese. –