Boletines/Mercedes

Decreto Nº1121/2020

Decreto Nº 1121/2020

Mercedes, 19/11/2020

Visto

La necesidad de fomentar el empleo, en la Ciudad de Mercedes, dentro de lo establecido por el Marco Legal, y

Considerando

Que el Marco Legal prevé que la instrumentación de planes sociales, de empleo, de capacitación, de desarrollo comunitario, o lo que corresponda, es responsabilidad de Oficina de Empleo, Dirección de Producción, Secretaria de Economía y Hacienda y Municipalidad de Mercedes.

Que ante la existencia de políticas y acciones referidas a los servicios de empleo en desarrollo en los ámbitos Nacional, Provincial y Municipal, resulta prioritario destinar a escala Municipal los recursos institucionales y los instrumentos específicos para abordar la problemática de la atención de personas con problemas de empleo y de los servicios de empleo en general.

Que la capacitación y la orientación laboral resultan indispensables en el seno de un mercado laboral cambiante, exigente y competitivo para las personas que buscan empleo o que necesitan mejorar su situación laboral.

Que los servicios en cuestión resultan fundamentales tanto para potenciar el desarrollo económico y el incremento de la producción de bienes y servicios como para que estos redunden en un mejoramiento de la calidad de vida de los ciudadanos y aporten fundamentos a las decisiones públicas en la materia.

Que el Municipio cuenta con los conocimientos y los recursos humanos y materiales que, orientados en este sentido, contribuirán al diseño e implementación de estos servicios y de las políticas de empleo en general.

Que lo dispuesto por este no implica erogaciones especiales que modifiquen la asignación presupuestaria vigente.

Por ello el SR. INTENDENTE MUNICIPAL, en el uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo 1°.- Dispónese que La Oficina Municipal de Empleo dependerá funcionalmente de la Dirección de Producción, la cual se encuentra bajo la órbita de la Secretaria de Economía y Hacienda de la Municipalidad de Mercedes, y tendrá sede en: Av. 29 Nº 637 entre 26 y 28.-

Artículo 2°.- La oficina de empleo será financiada mediante el presupuesto correspondiente a la dependencia mencionada en artículo 1°.-

Artículo 3°.- El equipo técnico de la Oficina de Empleo estará conformado por:

 

  • Billordo Griselda Noemí DNI: 34.241.189
  • Bender Fabiana Anahí, DNI: 31.266.210
  • Vita Marcela Karina DNI: 25744183
  • Ana Elsa Poleschi DNI: 21715271
  • Ledesma Andrea Viviana DNI: 24585346
  • Galeano Carolina Soledad DNI: 30.342.861
  • Cassou Marilyn Gisela DNI: 29638565

Artículo 4.- Designase como responsable de la Oficina de Empleo de esta Municipalidad a la Sra. Griselda Noemí Billordo, DNI 34.241.189, legajo N° 7371.-

Artículo 5°.- La responsabilidad establecida en el artículo 4° del presente, implicara la coordinación de la Oficina de Empleo Municipal ante el Ministerio de Trabajo de la Nación.-

Artículo 6°.- Regístrese. Comuníquese. Dese al Digesto General. Infórmese a la Subdirección de Recursos Humanos. Cumplido archívese.-