Boletines/Mercedes

Resolución Nº396/2020

Resolución Nº 396/2020

Mercedes, 16/11/2020

Visto

El Expediente N° 4862 del año 2020 caratulado “GUERRERO GIULIANA MICAELA s/ PROGRAMA “MI TERRENO” y,

Considerando

Que según obra a fs. 1 de autos la Sra. Guerreros completa la Declaración Jurada donde su condición de ocupación de su vivienda actual “propietario. La casa de mi novio”; siendo su pareja el Sr. BURGOS parte de su “grupo familiar conviviente”;

Que conforme al inciso 2° del artículo 19 de la Ordenanza Municipal N° 7982/2017 para la operatoria de adjudicación, oferta pública y/o sorteo de inmuebles, las personas que participen de la misma deberán cumplir con las siguientes condiciones mínimas (…) 2. No poseer, ninguno de los integrantes del grupo familiar, bienes inmuebles propios (…).”

Que como autoridad de aplicación del Programa MI TERRENO, por mi carácter de Directora de Tierras y Hábitat, a partir de las facultades que me confiere el Decreto Reglamentario N° 1987/18, donde en el artículo 2° del Anexo me habilita a realizar todas las acciones tendientes y complementarias que resulten necesarias para el cumplimiento de sus fines, es que,

RESUELVO

Artículo 1°: Denegar la solicitud de ingreso al Programa MI TERRENO a la Sra. GUERREROS GIULIANA MICAELA, DNI 38.302.661 y al Sr. BURGOS FEDERICO, DNI 34.791.206, por incumplir con lo requerido en el inciso 2°, del artículo 19 de la Ordenanza Municipal N° 7982/2017, el cual reza: 2. No poseer, ninguno de los integrantes del grupo familiar, bienes inmuebles propios (…).”

Artículo 2°: Notifíquese mediante cédula y con transcripción del art.65, 86 y 89 de la Ordenanza General N°267.-

Artículo 3°: Previo archivo, pase a la Dirección de Tierras y Hábitat a los fines de realizar las modificaciones pertinentes en el listado de aspirantes. (Art.5° anexo Decreto 1405/18).-